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La reforma fiscal y el impuesto a las grandes fortunas en Euskadi en cinco claves

PNV y PSE anunciaron el pasado 31 de enero el inicio de contactos para abordar una futura reforma fiscal con el trasfondo inmediato de la puesta en marcha en Euskadi del llamado Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, aprobado por el Gobierno central y que en Euskadi el PNV parecía en principio recelar de su aplicación. De hecho, en el día en que se aprobó en la Comisión Mixta que pasara a ser uno de los impuestos competencia de las Haciendas Forales, el consejero de Economía y Hacienda, Pedro Azpiazu, dejó abierta la posibilidad de que no se aplicara. De momento, parece que puede haber un acuerdo para que tenga vigencia al menos uno de los dos años que está previsto por el Gobierno central que esté en vigor, pero a este impuesto, igual que a la futura reforma fiscal le quedan muchos pasos aún por seguir.

¿Es realista empezar contactos para una reforma a las puertas de las elecciones?

La oposición ha considerado que el movimiento de los actuales socios de coalición, tanto en en el Gobierno vasco como en las Diputaciones Forales, responde más que nada a cuestiones electorales. Sobre todo porque hasta ahora ambos partidos no han querido abordar el debate aduciendo que no se conocían aún a ciencia cierta los resultados de la anterior reforma vigente en estos momentos. La necesidad de tomar una determinación sobre qué hacer con el Impuesto sobre las Grandes Fortunas parece haber acelerado ahora el proceso, pero, en cualquier caso, no pasará más allá de que cada formación ponga sus preferencias sobre la mesa. Todo quedara postergado a después de las elecciones municipales y forales de mayo. La decisión normativa sobre fiscalidad está en manos de las Juntas Generales de cada territorio, y ya habrá que esperar los resultados de las urnas, ya que de ellos dependerá hacia qué lado se decante la futura reforma fiscal.

¿Por qué es problemático el Impuesto de las Grandes Fortunas en Euskadi?

El Gobierno central lo ha puesto en marcha para que las grandes fortunas paguen impuestos en aquellas comunidades autónomas en las que el Impuesto de Patrimonio se ha suprimido de facto mediante bonificaciones. Este es el caso, por ejemplo, de Madrid o de Andalucía, ambas gobernadas por el PP. En Euskadi el Impuesto de Patrimonio están vigente en los tres territorios. Por eso, en principio se dudaba de que se aplicara aquí. Algunos creen que esta aplicación puede dar lugar a demandas en los tribunales por doble imposición, algo que es iconstitucional, ya que ambos gravan el patrimonio de los particulares.

¿Puede completentar un impuesto a otro?

Esto es lo que, en principio, se pretende en Euskadi, que ambos tributos sean complementarios. El Impuestos sobre Grandes Fortunas se aplica sobre patrimonios de más de 3 millones de euros, a unos tipos de gravamen que van desde el 1,7% hasta el 3,5% para patrimonios superiores a los 10,7 millones de euros. El Impuesto de Patrimonio en Euskadi se aplica por encima de los dos millones de euros, pero los tipos máximos se quedan en el 2% en el caso de Bizkaia, y en el 2,5% en Álava y Gipuzkoa. Esto supone que será a partir de los 10,7 millones de euros cuando entrará en juego en Euskadi el nuevo impuesto aplicando para esta cantidad el nuevo tipo del 3,5%. Un porcentaja que hasta ahora los legisladores vascos no han tenido ningún interés en aplicar, por cierto, ya que podían haber modificado el Impuesto de Patrimonio para elevar los tipos y no se ha hecho. Al contrario, en la mayoría de las ocasiones el debate ha girado más que nada alrededor de la posibilidad de suprimir esa tasa por las quejas de los empresarios por el hecho de que en otras CCAA como en Madrid no se pague. En cualquier caso, las Juntas Generales de los territorios no tienen por qué copiar directamente la legislación estatal ya que tienen capacidad normativa sobre los impuestos concertados, así que puede ser que los tipos impositivos no coincidan con el territorio común.

¿Es importante desde el punto de vista recaudatorio?

La importancia es más simbólica que recaudatoria, ya que el grueso de la recaudación sigue siendo a través del IRPF en lo que se refiere a impuestos directos, con 6.497,7 millones recaudados el año pasado, y del IVA, con 4.210,6 millones lo que se refiere a tasas indirectas. De entrada, el Impuesto del Patrimonio lo pagan en Euskadi alrededor de 17.000 contribuyentes y se recauda por este tributo unos 169 millones de euros. Se estima que con patrimonios de más de 10,7 millones habrá unos 500 contribuyentes. Es decir, no supondrá mucho desde el punto de vista de ingresos, pero sí como simbología de reparto de la riqueza y que los que más tienen paguen por sus bienes.

¿Puede ponerse en marcha de inmediato?

No, al ser un nuevo impuesto concertado sobre el que las Haciendas vascas tendrá capacidad recaudatoria y también nornativa, es necesaria una modificación del Concierto Económico, en el que se detallan todos los impuestos de la estructura tributaria estatal sobre los que los parlamentos forales tienen capacidad. Esta modificación debe hacerse en el Congreso de los Diputadados, algo para lo que, de momento, no existe fecha fijada.

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