La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura ha dado autorización ambiental unificada para un centro de clasificado de lanas y secado y salado de pieles ubicado en el término municipal de Mérida.
Promovido por Lanas Extremadura, SL, el proyecto consiste en la instalación de un centro de clasificado de lanas y centro de clasificado, secado y salado de pieles con una capacidad de tratamiento de 2.000.000 de kg de lanas de ovino al año y 150.000 kg de pieles de ovino, caprino y vacuno al año .
La instalación se ubicará en un complejo industrial propiedad del peticionario situado en la parcela 422 del polígono 44 del término municipal de Mérida (Badajoz), y se entra a las instalaciones `por la carretera BA-089 Mérida-Alange.
Para el caso del clasificado de lanas, ésta se compra directamente a los ganaderos, que la ensacan tras el esquilado de las ovejas en sacas tipo Big Bag; estas lanas serán cargadas en camiones que la transportan hasta el centro de procesado objeto del proyecto.
En la industria serán almacenadas para su posterior clasificado y una vez separada la lana por calidades (vellón, caídas, grosor, color o largura), cada tipo pasa de la cinta transportadora a la prensa hidráulica, donde se obtienen unos paquetes de lana prensada con un peso que varía entre 350 y 450 kg, y unas dimensiones de 160x80x80 cm aproximadamente.
Posteriormente se cubren con una lona de plástico para conservar su calidad y aislarlas de la temperatura ambiente y humedad.
Para el caso del secado y salado de pieles, la industria consiste en la recepción, selección, salado y almacenamiento de pieles para su transporte.
Las pieles se obtienen de los animales sacrificados en los mataderos de las localidades cercanas y se encuentran presaladas.
En la industria son almacenadas en cámara de conservación hasta que son clasificadas, añadiendo más sal para su mejor conservación y empaquetadas en palet para su transporte.
Los palets completos son introducidos en la cámara de conservación hasta que se acumule la cantidad necesaria para completar un cargamento para su expedición.
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 9.5 del anexo II, según la resolución que ha publicado este viernes el Diario Oficial de Extremadura (DOE).