La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha comenzado el proceso de elaboración del censo de electores para la celebración, antes del fin del primer trimestre del año 2017, del procedimiento electoral que determinará la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en la región extremeña.
El censo, elaborado de oficio y de acceso público, incluirá a las personas físicas, mayores de edad, que posean vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura y estén afiliadas a la Seguridad Social y en alta como trabajadores agrarios por cuenta propia en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, siempre que no hayan obtenido una ayuda por cese anticipado en la actividad agraria.
Los datos de las personas físicas que contendrá el censo van referidos al nombre y apellidos, NIF, fecha de nacimiento y domicilio de empadronamiento.
En el DOE
Según un acuerdo publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura, la Secretaría General de la citada Consejería, como órgano directivo del censo, concederá trámite de audiencia por plazo de cinco días hábiles contados a partir de mañana miércoles, día 5, para que, con carácter previo a la utilización de esos datos necesarios para elaborar el censo de electores, puedan, en su caso, negarse al empleo de los mismos.
Los agricultores y ganaderos podrán acceder con sus claves a través de la plataforma electrónica Laboreo al texto íntegro contenido en el acuerdo antes mencionado.
La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha comenzado el proceso de elaboración del censo de electores para la celebración, antes del fin del primer trimestre del año 2017, del procedimiento electoral que determinará la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en la región extremeña.
El censo, elaborado de oficio y de acceso público, incluirá a las personas físicas, mayores de edad, que posean vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura y estén afiliadas a la Seguridad Social y en alta como trabajadores agrarios por cuenta propia en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, siempre que no hayan obtenido una ayuda por cese anticipado en la actividad agraria.