Ante la multitud de informaciones “engañosas” emitidas esta semana en relación al informe emitido por la Abogada General de la Unión Europea, en relación al asunto de los interinos y temporales en fraude de ley, la asociación Plataforma de Interinos y Laborales de Extremadura (Piltex) ha valorado “muy positivamente” el documento en algunos puntos.
Antes “no se nos reconocía la existencia de un abuso; se nos decía que los procesos de estabilización y las oposiciones son la única solución; que un único nombramiento no habilitaba para aplicar la Directiva o que los que no habíamos impugnado los nombramientos y ceses no podíamos acogernos a la Directiva; y además se nos aplicaba despido libre y gratuito, en el que la Administración Pública empleadora podía hacer lo que quisiera”, afirma en un comunicado.
Por el contrario, “ahora la abogada general dice todo lo contrario: se amplían los casos y situaciones en las que se produce el abuso; se dice con un solo nombramiento también podemos acogernos a la Directiva; se afean las actuaciones de las autoridades administrativas y judiciales que no reconocían y toleraban los abusos, o que excluían de los mismos aquellos casos en los que no se habían impugnado los nombramientos y aquellos otros en los que había un solo contrato. Y además se acaba con la tesis de los sindicatos o del Gobierno de que los procesos de estabilización y los procesos selectivos eran la solución sin que hubiera que compensar al empleado público ni sancionar con más a la Administración”.
En cuanto a la sanción: se pone fin al despido libre y gratuito y se añade que es indispensable sancionar el abuso y compensar al empleado público y que solamente hay dos tipos de sanciones posibles en caso de abuso: fijeza o indemnización y, si no hay indemnización, la fijeza.
Indemnizaciones
Ahora bien para que la indemnización cumpla la Directiva es necesario que incluya dos conceptos: una indemnización por pérdida de oportunidades o falta de ingresos y otra indemnización, la del Estatuto de los Trabajadores para el caso de despido. “Pero es que además la indemnización por sí sola no vale, sino que debe ir acompañada de otras medidas sancionadoras efectivas y disuasorias es decir, con multas para la Administración empleadora y con multas a las autoridades administrativas responsables de los abusos”.
En su sentencia del mes de noviembre del año 2018, el Tribunal Europeo ya dijo que las indemnizaciones por despido del Estatuto de los Trabajadores no son acordes con la Directiva.
Y hay más, añade la asociación: las indemnizaciones por despido del Estatuto de los Trabajadores no rigen en el Sector Público, pues el artículo 96.2 del EBEP dispone que en caso de despido improcedente de un trabajador público, procederá siempre la readmisión del trabajador sin que la administración empleadora pueda optar por la indemnización.
Resume Piltex que si en España no hay medidas sancionadoras, porque no se prevén indemnizaciones, “las previstas no encajan con la normativa comunitaria y en todo caso no van acompañadas de medidas efectivas y disuasorias adicionales, ya que no está previsto un régimen de multas para los responsables del abuso, lo que procede según el criterio de la propia abogada general es la fijeza”.
¿Algo negativo dice el informe? “Por supuesto, dice que automáticamente y de oficio no se nos puede dar la fijeza, pero ni la descarta, e incluso apunta a que sería la sanción más idónea para la Administración. Con este escenario, esperamos que en dos o tres meses, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sea aún más contundente y clarifique si cabe, aún más, la situación en que estamos 800.000 empleados en este país, 25.000 en Extremadura.
Piltex hace un llamamiento a las compañeras y compañeros que aún no se han decidido, para seguir aunando esfuerzos, seguir reclamando. “Sabemos que la vía judicial que hemos iniciado es la correcta, es la única que nos queda, y aunque la lucha sea lenta y ardua, estamos consiguiendo cosas que sólo hace un año eran impensables. Las reglas están cambiando”.
USO: no se cierra la puerta
De la misma manera, la federación de empleados públicos de USO opina que aunque el informe “va un poco en la línea de lo esperado”, no concluye contundentemente, “ni en un sentido ni otro”, ya que aunque recrimina abiertamente la actuación de la Administración española respecto a la contratación y nombramiento de interinos, tampoco impone la transformación automática.
La abogada de la UE “no cierra el camino a la fijeza”, al concluir que la transformación de estos trabajadores en fijos permitiría “sancionar el abuso y eliminar definitivamente el fraude y todas su consecuencias”.