Condenan a un banco por una inversión de riesgo de 400.000 euros en preferentes
La Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado una sentencia contra el Banco de Santander por no informar adecuadamente a un matrimonio de los “riesgos” que entraba una adquisición de participaciones preferentes de SOS Cuétara, en el año 2006, por importe de 400.000 euros.
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Badajoz dictaminó que el Banco Santander había infringido sus “deberes de información”, por lo que condenó a la entidad bancaria a indemnizar a los clientes con la cantidad invertida, menos los rendimientos obtenidos, así como los intereses legales.
El Banco Santander recurrió el fallo, que la Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado ahora en una sentencia, además de obligar a la entidad financiera a abonar los intereses legales y las costas de ambas instancias.
Esta última sentencia dice que, “como bien recoge la juez de instancia, la entidad demandada no ha demostrado que informara de forma suficiente a los inversores sobre los productos adquiridos, que entrañaban un elevado riesgo”. “No se les advirtió de la verdadera naturaleza del producto y de sus riesgos. Fue el empleado del banco quien ofertó el producto. Además, la documentación contractual se proporcionó de forma protocolaria y sin ilustrar a los clientes de los riesgos”, según la sentencia.
Contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno. Solo se admitirán los recursos extraordinarios de casación por infracción procesal y de casación, si se fundan en los motivos y supuestos previstos, de los que conocerá la Sala de lo civil del Tribunal Supremo.
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