El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dado luz verde a la Junta de Extremadura para que inicie las obras de demolición y revegetación de la urbanización de lujo Marina Isla de Valdecañas, situada en la provincia de Cáceres. En el auto de la Sala Contencioso-Administrativo se declara que “no existe obstáculo” para la ejecución de las tareas propuestas por la Administración regional en un plan de trabajo que contiene 51 medidas, con el que se pondrá en marcha la ejecución de los autos dictados por dicha Sala respecto al “incidente” de Valdecañas.
Ecologistas en Acción presentó en noviembre un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el auto del TSJEx, con fecha de junio de 2020, que ordenaba la demolición parcial del complejo. La Sala solo ordenó el derribo de lo que se quedó a medias y ordenó que se respetara lo construido y que ya estuviera en uso.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que algunos de los pronunciamientos del auto “tienen la condición de firmes”, ya que ninguna de las partes discute sobre ellos y pueden ser ejecutados, puesto que el recurso de casación no afectará a estos pronunciamientos.
Es decir, el tribunal extremeño considera que con la puesta en marcha del plan de trabajo de la Junta “no se causan perjuicios, no se crean situaciones irreversibles y en nada se obstaculiza lo que el Supremo pudiera acordar si revocase los autos del TSJ de Extremadura por la ejecución de tareas acordadas”.
Entre las medidas propuestas por la Junta de Extremadura, la Sala indica que con “claramente beneficiosas para el medio ambiente” y que se pueden ejecutar todas las que versan sobre la demolición de todo lo que se encuentra en fase de estructura o no está terminado, como el segundo hotel, las viviendas que se iban a construir, las viviendas terminadas que sirven de oficina a la promotora y el piso piloto.
También pueden iniciarse las labores de revegetación, las medidas de vigilancia ambiental, la puesta en funcionamiento de las depuradoras o la señalización e información sobre la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) entre otras.
Por otro lado, existen otras medidas que afectan al campo de golf, a la iluminación y ruidos, que el TSJEx sí entiende que se podrían ver afectadas por la sentencia que pudiera dictar el Tribunal Supremo, al no mantenerse las mejoras propuestas por la Junta si finalmente todo lo urbanizado desaparece.
Finalmente, el auto recoge que si las dos organizaciones ecologistas demandantes–Ecologistas en Acción y Adenex- no desean el pago de las cantidades indemnizatorias fijadas en los autos recurridos en casación, “no hay motivo para obligar a su pago” a la espera de la firmeza de esos autos o su revocación por el Supremo.