El fiscal ha solicitado cuatro años de prisión y seis de retirada del permiso de conducir el conductor de la retroexcavadora que el 8 de mayo de 2014 provocó el accidente del microbús en el que fallecieron cinco chicos del equipo de fútbol sala de Monterrubio de la Serena.
Los letrados de la acusación han solicitado añadir a los cinco homicidios por imprudencia, dos faltas por lesiones y once delitos de lesiones por influencia grave que influirá en el grado de responsabilidad tanto en el acusado como en los propietarios de la retroexcavadora.
Durante la exposición de las conclusiones finales en la última jornada del juicio celebrado en Don Benito desde el pasado 7 de noviembre, el fiscal ha solicitado la pena máxima para el conductor de la máquina agrícola, F.F.M., al que se considera como “único” causante del accidente. Ha considerado el giro “intempestivo” y el consumo de sustancias estupefacientes por parte del acusado como la causa del siniestro.
El fiscal rechaza la presunción de inocencia de F.F.M. por las diferentes pruebas en su contra presentadas por los peritos de la Guardia Civil que realizaron los informes, además de por la reiteración durante su declaración de que en el instante del accidente, “no miró”.
A su juicio, el conductor del microbús desarrolló una conducción “que es de todo menos prudente” realizando una maniobra “antirreglamentaria”.
En cuanto al consumo de sustancias estupefacientes, el fiscal ha llegado a la conclusión de que estas “mermaron” las facultades del conductor convirtiéndose en una persona “ajena a la realidad”, ha añadido.
Conductor del autobús
El ministerio fiscal ha considerado que realizó el adelantamiento “con total seguridad”, algo que corroboraron el resto de ocupantes del microbús que aseguraron que iban “tranquilos y distraídos” y que el conductor desarrollaba una conducción normal.
El fiscal también señala a los propietarios de la retroexcavadora como responsables civiles subsidiarios del incidente, puesto que tenían “pleno” conocimiento del estado de la máquina y que “no” se encontraba en condiciones de circular por la vía en la que se produjo el accidente.
En el caso de tomador del seguro, le considera propietario “real” del vehículo agrícola aunque la retroexcavadora figure a nombre de su hermana. A estas peticiones se han adherido los diferentes letrados por parte de la acusación particular en representación de los diferentes afectados por el incidente.
No obstante, han añadido las indemnizaciones pertinentes para cada uno de sus representados en función del grado de afectación del incidente, del cual, algunos de ellos, han afirmado no haberse recuperado dos años y medio después y continuar con tratamientos psicológicos.