Piden al Supremo revisar una condena en Mérida por abuso sexual a un menor

El Tribunal Supremo ha recibido una petición de revisión de una pena de un varón que fue condenado en 2019 por la Audiencia Provincial (sede de Mérida) por abusos sexuales a un menor de edad, enmarcado en la entrada en vigor de la conocida como Ley del “solo sí es sí”.

El abogado que lleva este caso, José Duarte, ha dicho a EFE que lo que se ha solicitado es la autorización al Tribunal Supremo para que se pueda recurrir en revisión la sentencia condenatoria firme de la Audiencia Provincial en su Sección de Mérida.

Según ha manifestado, las relaciones fueron consentidas entre el acusado (de 43 años) y un menor que tenía 14 años, tras contactar a través de una aplicación de citas, pero al no tener éste 16 años se considera que el consentimiento no es válido.

El tribunal estableció 11 años y seis meses de prisión, casi la máxima establecida (12 años), al tenerse en cuenta una de las agravantes establecidas con la ley anterior.

Duarte entiende que con la reforma el tribunal no hubiera llegado a establecer la máxima extensión, pues “resultaría desproporcionada”, ya que “no es lo mismo” partir de una horquilla de ocho a 12 años que de 6 a 12.

Por este motivo se solicita que la Audiencia provincial dicte nueva sentencia a tenor de la legislación vigente o que el Tribunal Supremo realice la “ponderación” necesaria para establecer la pena más ajustada a derecho con la nueva normativa.

Por su parte, el abogado Fernando Cumbres, ha manifestado que también estudia varios casos de clientes suyos, entre los que se encuentran los miembros de la llamada como “manada de Badajoz”, en la que se establecieron penas de 13 años y medio de prisión.

Respecto a este caso, se encuentra actualmente en recurso de casación en el Tribunal Supremo, en relación a lo cual se espera que este tribunal tenga en consideración, de oficio, la nueva normativa en el procedimiento de este recurso, “sin perjuicio” de que determine la absolución tal y como pide el letrado.