Las reclamaciones por el apagón tendrán que esperar a que se conozca la causa

Hasta que no se conozcan las causas del apagón eléctrico, no se sabrá hasta qué punto se puede reclamar, ha informado este martes la Unión de Consumidores de Extremadura (UCE), que ha recomendado guardar todas las pruebas de los daños sufridos hasta conocer el origen del problema.
En principio, las distribuidoras eléctricas son responsables del suministro, pero pueden eludir esta responsabilidad si el corte estuvo motivado por causas de fuerza mayor o por un sabotaje, ha informado este martes la organización de consumidores. Por ello, dado que aún no se descarta ninguna posibilidad, “es pronto para afirmar taxativamente si podemos o no reclamar”.
No obstante, ha aclarado, aunque las empresas eléctricas no fueran finalmente responsables de la interrupción del servicio, tampoco se puede exigir a los consumidores que paguen por los servicios no recibidos durante el apagón. Por tanto, ha indicado la UCE, “sí tenemos derecho a recibir el reintegro del billete o la reubicación en otro medio de transporte lo más rápidamente posible”. Además, si un pasajero se encuentra atrapado, por ejemplo, en un tren durante el apagón, tiene derecho a que la empresa le proporcione asistencia, alimentos, bebidas e incluso alojamiento si fuera necesario.
Por contra, si el motivo de la cancelación del viaje es la falta de energía, las compañías de transporte como trenes o aviones no están obligadas a indemnizar por las cancelaciones, dado que se trata de una circunstancia extraordinaria, tal y como establece el reglamento europeo.
Respecto a los daños en el hogar, como los productos que se hayan perdido en el congelador al descongelarse por falta de electricidad, es “muy recomendable” que los afectados acumulen pruebas de los daños, como fotografías o informes de los electrodomésticos averiados, en caso de que el apagón haya sido causado por una subida de tensión al restablecerse el servicio.
Además, la Unión de Consumidores recomienda revisar el seguro del hogar, ya que algunos contratos incluyen cobertura para daños derivados de apagones de luz accidentales.
Por último, y siempre que el motivo del apagón no sea causa de fuerza mayor, se tiene derecho a una reducción en la siguiente factura del 20 por ciento por la primera hora de corte, y otro 2 por ciento por cada hora adicional.
0