La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 47 años de cárcel a un hombre por varios delitos de maltrato dentro de la violencia de género, agresión sexual continuada y lesiones. El relato de la violencia que las magistradas consideran probada y de sus secuelas ocupa varias páginas. La sentencia considera que el condenado convirtió la vida de la que fue su pareja en “un auténtico horror” y que las agresiones tuvieron “una especial crueldad”. “Se nos presentan como insoportables y, sin ninguna duda, podrían calificarse de auténtica tortura dada la extrema brutalidad física, moral e integral de las mismas”.
La sección cuarta de la audiencia le impone al hombre también el pago de una indemnización a la víctima de 150.000 euros por las lesiones, secuelas y perjuicio moral. La relación entre el condenado y su víctima se prolongó durante tres años, entre 2019, cuando ella tenía 19 años, hasta 2020. En ese periodo de tiempo, en el que ambos convivieron, el hombre “llevó a cabo un comportamiento cotidiano controlador, posesivo y violento, tanto físico como psíquico contra su pareja, aumentando de manera progresiva la intensidad y frecuencia de sus actuaciones”, dice la sentencia.
El agresor le daba bofetadas en la cara y la boca; patadas, puñetazos y golpes por todo el cuerpo y llegó a dejarla inconsciente. También le retorcía los dedos de las manos, las muñecas y le doblaba los brazos, le tiraba del pelo, le apretaba el cuello y la golpeaba con varas y cables. Algunas de las agresiones le han dejado marcas y deformaciones. La violencia era también psicológica y el hombre profería “expresiones con clara intención de insultarla, menospreciarla, humillarla o amedrentarla”.
En un periodo que incluye por lo menos los últimos siete meses de la relación, las juezas consideran que el hombre le impidió a la mujer tener contacto con sus familiares y amigos y le quitaba su teléfono móvil, que solo le permitía usar “a veces, pero siempre en su presencia”. También le retuvo la tarjeta sanitaria y le impidió ir al médico, a pesar de que ella se lo pidió y lo necesitaba. Se veía obligada, según recoge la sentencia, a curarse ella misma con agua, vinagre y sal. También, “con ánimo de degradar y humillar a su pareja” la obligaba con frecuencia a dormir en el suelo y a permanecer de rodillas durante horas.
En cuanto a la violencia sexual, el texto asegura que dos o tres días a la semana y con más frecuencia al final de la relación, el condenado la agredía cuando ella no quería mantener relaciones: “La emprendía a golpes con ella, mediante bofetadas, tirones de pelo y empujones, hasta conseguir que acabase cediendo”. Entre las agresiones, “le pellizcaba y retorcía las orejas, de modo que le fue rompiendo el cartílago, hasta que provocó la total deformidad de los pabellones auriculares”. En dos ocasiones, según el fallo, le fracturó el tabique nasal, y, otras veces, los golpes le provocaron a la joven fracturas en las que perdió parte de varios dientes, además de romperle el labio. También le causó fracturas en costillas, en húmeros y fémures, “sin que haya podido determinarse el número de agresiones diferenciadas que las causaron, al no constar asistencias médicas individualizada”.
Las juezas consideran que el hombre “actuó en todo momento con absoluto desprecio a la condición de mujer de la víctima, a quien consideraba de su absoluta propiedad” y que todas las acciones de él, su comportamiento agresivo y violento, prolongado durante tanto tiempo, “produjeron en la víctima un gran padecimiento físico y psíquico y un temor y miedo constante en su relación de pareja”.
La sentencia le impone al hombre una pena de tres años de prisión por maltrato físico y psíquico habitual; un año y seis meses por un delito contra la integridad moral; tres años por un delito continuado de coacciones graves; once años por un delito de lesiones con deformidad; doce años por un delito de agresión sexual continuado; 13 años y seis meses por tres delitos de lesiones; y tres años de prisión por tres delitos de lesiones contra la mujer.