El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado a la Comisión Galega da Competencia incoar un expediente sancionador a dos de las principales empresas de autobuses que operan en la comunidad, Alsa y Monbus, “por indicios de repartirse el mercado”. La Justicia revoca así la decisión del órgano colegiado independiente adscrito a la Xunta de archivar el procedimiento sin haber “comprobado la comisión de los hechos y su afectación a la libre competencia en el mercado relevante”.
La resolución del Superior estima el recurso contencioso-administrativo de Travieso Software Transporte de Viajeros, S. L. Esta compañía había denunciado ante Competencia las prácticas de Alsa y Monbus, según las que estas firmas concurrían en UTE (unión temporal de empresas) a cinco de los lotes de transporte de pasajeros por carretera ofertados en concurso público de la Xunta de Galicia en 2020, entre ellos los cuatro de mayor importancia, y a ninguno de los otros 24 por separado. “No puede interpretarse conforme a las reglas de la lógica y las pautas de la experiencia como una casualidad, sino como una causalidad de un acuerdo previo para aprovecharse, además, de que los pliegos permiten concurrir a todas las licitaciones”, señala el documento.
A pesar de que entonces Travieso Software lo llevó a la Comisión Galega da Competencia, esta desoyó la demanda. Y eso que, según el Tribunal Superior, “la licitación en UTE por Alsa y Monbus en cinco lotes no está justificada y responde a la conducta, prohibida, de repartirse el mercado, toda vez que las UTE resultan anticompetitivas”. De no ser que esta colaboración responda, añade, a la necesidad de complementarse por su capacidad financiera o técnica. “Pero en este caso en modo alguno se acredita ni la necesidad ni los efectos beneficiosos”, considera.
Contra esta resolución cabe concurso de casación.