La Justicia condena a la Xunta por ocultar información sobre concesiones mineras
Hace dos años, la Xunta acordó declarar definitivamente la caducidad de las concesiones mineras de las explotaciones Emilita, nº1221, Ciudad de Landró nº 1454 y Ciudad de Masma, nº 1455, presuntamente de titularidad de Minera de Corcoesto, filial de la multinacional canadiense Edgewater, y groso del megaproyecto minero aurífero en la comarca coruñesa de Bergantiños. Fue el paso lógico de un proceso que la presión social había paralizado ya en marzo de 2014 y al que una sentencia del Constitucional cerró la puerta a comienzos de 2016.
Antes, la lucha de colectivos sociales, ecologistas y de los vecinos contra la pretendida megamina a cielo abierto en el ayuntamiento de Cabana fue avanzando a través de movilizaciones, concienciación y batallas legales. En uno de aquellos episodios, un vecino de la zona reaccionó ante uno de los temas que más preocupaba: la probable caducidad de las concesiones mineras y la posibilidad de que este hecho diese un golpe definitivo al proyecto. En noviembre de 2012 solicitó acceso a la documentación para comprobar si los derechos sobre las parcelas mineras Emilita, nº1221, Ciudad de Landró nº 1454 y Ciudad de Masma, nº 1455 seguían vigentes y pertenecían en realidad a Edgewater. El departamento de Enerxía e Minas de la Consellería de Economía contestó cinco meses después negándole la información requerida, por lo que el afectado interpuso un recurso a la desestimación por silencio administrativo durante dos años y a la posterior negativa de una resolución dictada en enero de 2015, 26 meses más tarde de la primera petición.
Ahora, cinco años después de aquella primera reclamación, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) acaba de darle la razón la este vecino de Bergantiños, estima su recurso contecioso-administrativo y condena a la Xunta a “expedir y entregar” la documentación requerida sobre las concesiones mineras en Corcoesto. Lo hace varios años más tarde del fin del proyecto megaminero, sin conocerse todavía la realidad legal de aquellas polémicas concesiones, advirtiendo de que las razones esgrimidas por el Gobierno gallego para negarse a aportar los documentos “son totalmente insuficientes e inaceptables” y acusando a la Consellería de emplear “subterfugios” para evitar responder a las demandas del afectado.
La información requerida de nada sirve ahora para este proyecto, pero sí pudo ser clave la dilación y falta de contestación de la Xunta ante las demandas vecinales. La Plataforma pola Defensa de Corcoesto e Bergantiños considera “lamentable” que la sentencia “llegue con tantos años de retraso” y cree que esa “tardanza” en la aplicación de la justicia hace que se vean, “de hecho y paradójicamente, privados de ese mismo derecho que se reconoce en la sentencia”.
“¿De qué nos sirve el derecho de acceder a documentos relacionados con un proyecto si se nos concede cinco años después de su solicitud? ¿De qué nos habría servido que se nos reconociese ahora el derecho a acceder la esa información, incluso aunque las concesiones no estuviesen vigentes, tal como pensamos, si el proyecto de Corcoesto estuviese ya en marcha?”, se preguntan.
Tal y como relata la sentencia, a la que tuvo acceso Praza.gal, el jefe del servicio de Enerxía e Minas de la Delegación Territorial de A Coruña rechazó la solicitud de información alegando que no se podía permitir el acceso a procedimientos anteriores en el tiempo al tema abordado y que facilitar la información podría desvelar datos de personas o empresas que deberían ser privados. En la resolución de 2015, firmada por un secretario técnico de la Consellería de Economía, se reitera la negativa y se alude de nuevo al secreto industrial y empresarial y a la necesidad de velar por la privacidad de datos personales.
La jueza advierte del derecho constitucional de acceso a la información, así como del amparo que la legislación (estatal y comunitaria) da a la ciudadanía para ejercer ese derecho y reclamar los documentos. “No se puede discutir en modo alguno la legitimación [del afectado] para solicitarlos”, dice la sentencia, en la que se insiste en que el demandante “estaba plenamente legitimado para hacer lo que hizo”. Además, recuerda que certificó ser vecino de la zona afectada por la megamina.
“Razones insuficientes e inaceptables”
La magistrada asegura en el dictamen del pasado 23 de noviembre que las razones dadas por la Xunta para denegar la documentación “son totalmente insuficientes e inaceptables” y añade que es “un mero subterfuxio” decir que “la posible condición de interesado en este expediente no se podía extender a los expedientes anteriores”.
Al otro lado de esto, califica de “desacertados” los argumentos de la Consellería y asegura que no hay “razón concreta y fundada alguna demostrativa de la existencia de posible vulneración de la intimidad de las personas”. De hecho, le recuerda a la Xunta que lo único que reclamó el demandante fue la resolución por la que se había otorgado autorización de transmisión de los derechos mineros a la concesionaria, el expediente de autorización de la transmisión, la resolución de consolidación de estos derechos mineros y las escrituras públicas que demostrasen que se ejerció la opción de compra por parte de la empresa. Como recuerda la jueza, ninguno de esos informes es “documento nominativo alguno, ni contiene ningún dato referente a la intimidad de las personas ni versa sobre ninguna materia protegida”. Y le advierte a la Administración que ella misma podría haber borrado cualquier dato personal o protegido por el secreto industrial.
Así, la magistrada -en una sentencia que aún es recurrible- estima el recurso contencioso-administrativo de este vecino contra las desestimaciones por parte de la Xunta de la información requerida y las anula “por ser contrarias a derecho”. Y condena la Administración a “expedir y entregar” las copias solicitadas al demandante, algo que la Consellería de Economía todavía no ha hecho.
Desde la Plataforma pola Defensa de Corcoesto e Bergantiños se preguntan ahora “qué llevó a la Administración a ocultar el estado de las concesiones durante tanto tiempo” y “cuál fue el motivo por el que la Jefatura Territorial de Enerxía e Minas de A Coruña puso tanto empeño en obstaculizar el acceso la esta información concreta”. “¿Acaso las concesiones, tal y como nosotros pensamos, no estaban vigentes y era consciente de las consecuencias que tendría el hecho de que esta información trascendiese a la información pública?”, insisten.
Por último, dicen “esperar” que la sentencia “se cumpla” para poder “conocer la respuesta a estos interrogantes y que sirva para que la Xunta ”no vuelva a retener información que debe ser pública“. ”En el caso de hacerlo, que la Fiscalía Anticorrupción tome las oportunas medidas para depurar las responsabilidades que pudiese haber“, remata, antes de que uno de los miembros de la plataforma confíe en que este precedente legal ayude a que los vecinos afectados por otros megaproyectos mineros polémicos, como es el caso del de Touro y O Pino, puedan acceder sin trabas a toda la información que solicitan.