El Constitucional aborda el debate sobre la limitación del derecho de manifestación como consecuencia del coronavirus

El Tribunal Constitucional abordará en las próximas horas el debate sobre la limitación del derecho de manifestación y reunión durante la pandemia del coronavirus. El tribunal ha recibido un recurso presentado por el sindicato gallego Central Unitaria de Traballadores (CUT) frente a una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que prohíbe una marcha en automóviles en Vigo organizada para el Primero de Mayo. La sentencia se apoya en un informe de la Abogacía del Estado que, entre otras consideraciones, afirma que el Día Internacional de los Trabajadores no es “una reivindicación urgente, sino mantener una tradición”.

El Constitucional apenas tiene un día para reaccionar a la petición sindical y ya ha nombrado a María Luisa Balaguer como ponente para resolver la petición de amparo, registrada durante la mañana de este miércoles. Según fuentes del organismo, si se considera la “especial transcendencia constitucional de la reclamación”, podría convocarse un pleno extraordinario para decidir sobre la admisión a trámite y las medidas cautelares planteadas por el sindicato. De lo contrario, el caso recaerá en una sección del tribunal, que tomará una posición sobre la controversia. En principio, la segunda de las opciones parece la más probable.

El documento de la Abogacía del Estado que sostiene la argumentación de la sentencia recurrida concluye que “se ajusta a derecho la prohibición de la manifestación”. Según éste, “no se trata de saber si bajo el estado de alarma caben o no manifestaciones -la respuesta en abstracto es que sí-, se trata de si, bajo la actual pandemia, generadora de múltiples efectos, incluida la declaración de un estado de alarma, la salud pública impide el ejercicio del derecho de reunión como pretende el sindicato convocante”. A pesar de que la central sindical tuvo en cuenta desde el principio la situación provocada por el coronavirus y las medidas adoptadas para contenerlo, y por ello formuló una iniciativa en coches con una persona en cada uno -es decir, sin contacto- debidamente pertrechados con equipos anticontagio, al Estado no le parece suficiente.

El criterio de Abogacía del Estado pretende establecer una negativa general a la autorización de manifestaciones durante el Día Internacional del Trabajo mientras haya riesgos de contagio. El conflicto que acaba de caer en manos del Constitucional pone en colisión varios derechos fundamentales: el derecho a la salud frente a los derechos de reunión y manifestación. Los convocantes acumulan dos negativas a su petición: primero de la Delegación del Gobierno en Galicia y después la ratificación del Tribunal Superior de Galicia.

En el escrito elaborado sobre la materia por la Abogacía del Estado reconoce que “la manifestación se convoca como 'rodada en coches particulares' y prevé condiciones para su celebración, que denotan cierta conciencia del problema”. Sin embargo, se estima que ese conocimiento de los riesgos “no es total” con argumentos como el que sigue: “La limitación del número de manifestantes no impide que actúen entre ellos, no se entiende que quiere decir 'debidamente protegidos' cuando no existen medidas de protección específicas para manifestarse o conducir individualmente y tampoco se comprende en qué se conjura el riesgo que se intenta evitar identificando a los participantes. Tales medidas ofrecidas no parece que puedan permitir considerar alternativas menos gravosas que la de la prohibición de la manifestación”.

“Ataque a la libertad sindical”

Mientras el Estado arguye que prevalece la protección de la salud pública sobre el derecho de reunión y manifestación -“la salud pública puede justificar su restricción”-, el sindicato CUT interpreta la prohibición como un ataque a la libertad sindical y a los derechos fundamentales. En su recurso al Constitucional menciona además que la situación respecto del estado de alarma es cambiante y que los primeros pasos de la desescalada abren el escenario. Recuerda que el pasado sábado 25 de abril una caravana de camiones recorrió la ciudad de Ourense con autorización “en homenaje a los sanitarios”, que las subdelegaciones del Gobierno siguen “tolerando concentraciones de vehículos y humanas de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en reconocimiento de los 'profesionales de los servicios esenciales” o la felicitación de ambulancias del 061 a Amancio Ortega por su cumpleaños, frente a su domicilio en A Coruña.

La decisión que debe abordar el Constitucional es urgente ya que el recurso solicita la aplicación de una medida cautelar que contradiga la prohibición impuesta por el Gobierno. La decisión debe adoptarse antes del 1 de mayo, apenas sin tiempo para que el órgano de garantías pueda resolver si realmente hay un choque entre derechos fundamentales.

En el trámite ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, la Fiscalía apoyó las tesis sindicales pero el tribunal falló en contra. El Gobierno, mientras tanto, intenta no abrir la puerta a las protestas en la calle, sabedor de que la primera gran polémica de la pandemia también nació tras una pancarta: la celebración feminista del 8M llevó a la oposición de las derechas a responsabilizar al Gobierno de la extensión del virus en ciudades como Madrid. El Ejecutivo no quiere tropezar dos veces con la misma controversia y defenderá ante el Constitucional que el derecho a la salud pública está por delante de otros principios constitucionales a los que aluden los recurrentes.

Tras la denuncia del sindicato gallego, el TC espera nuevos recursos relacionados con prohibiciones de manifestaciones, en este caso vinculadas al ámbito de la extrema derecha. Uno de ellos deriva la petición de la Falange para manifestarse contra el ejecutivo de Pedro Sánchez y que ha sido prohibida por la Delegación del Gobierno en Madrid. Si el TC le cierre la puerta al sindicato gallego de izquierdas, podría estar bloqueando las reclamaciones que Falange discute aún en el ámbito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.