Feijóo usará su mayoría absoluta para aprobar en febrero una ley autonómica que incluye la posibilidad de obligar a vacunarse
La reforma de la ley gallega de salud que el Partido Popular ha registrado en el Parlamento de Galicia incluye la posibilidad de que el gobierno obligue a la población a vacunarse. De negarse a ello, la administración podrá imponer sanciones de entre 1.000 y 60.000 euros, dependiendo de la gravedad de las consecuencias que esa negativa pueda tener para la salud pública. La norma, según ha prometido Alberto Núñez Feijóo, estará vigente en febrero. Un mes antes el Ministerio de Sanidad espera disponer de las primeras vacunas contra el coronavirus, aunque, afirmó recientemente Salvador Illa, los expertos le aconsejan que no sea obligatoria.
El presidente de la Xunta habló de la iniciativa de su partido al término de la reunión semanal de su gabinete este viernes. Y aprovecho, como es habitual, para cargar contra el Gobierno central. Esta vez la pirueta retórica fue singular. Esa nueva ley que centra el argumentario de su partido desde hace semanas no nace por impulso estratégico o respuesta a las necesidades concretas de Galicia, nace porque el Ejecutivo de Sánchez “se niega a legislar”. Feijóo obvió que las competencias sanitarias pertenecen a la comunidad autónoma y que, incluso con el estado de alarma, él es la máxima autoridad delegada en la materia. Arremetió contra la existencia de lo que considera “17 autoridades sanitarias delegadas” y “17 legislaciones distintas”. A su ver, debería únicamente haber “una legislación y un mando, descentralizado pero homogéneo”. Pero como Sánchez lo rehúsa, aseguró Feijóo, este se ha visto poco menos que obligado a elaborar una reforma de su propia ley para “gestionar la pandemia”.
Instalado en un centralismo discursivo que contradice sus críticas de otrora al mando único, Feijóo explicó que la Consellería de Sanidade no obligará a nadie a vacunarse. “El proyecto de ley prevé la posibilidad de vacunas obligatorias, de esta contra el COVID o de cualquier otra, si así lo dictaminan las autoridades sanitarias. Proporciona un amparo legal”, dijo, antes de admitir que “con carácter general, ninguna vacuna es obligatoria. Aunque sí puede ser un requisito. En Galicia, por ejemplo, las vacunas pediátricas son obligatorias para acceder a una escuela infantil financiada con fondos públicos”.
El texto concreto que acaba de iniciar su tramitación en la Cámara gallega señala, en su artículo, 38, segundo apartado, que “las autoridades autonómicas, dentro del ámbito de sus competencias” podrán “someter a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación o la inmunización, con información, en todo caso, de los posibles riesgos relacionados con la adopción o no adopción de estas medidas”. La catedrática de Derecho Administrativo de la Universidade de Santiago de Compostela Alba Nogueira entiende que las competencias en materia sanitaria de Galicia capacitan a la comunidad para adoptar esa política. “Aunque existe un calendario de vacunaciones común, que se discute en el consejo interterritorial, cada territorio establece un calendario propio”, explica, “en este caso, la clave está en la obligatoriedad”. Y para aclararla, remite al artículo 3 de la ley orgánica 3/1986, que autoriza a “la autoridad sanitaria” a realizar “las acciones preventivas generales que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible” de una enfermedad, Nogueira interpreta que ese genérico “autoridad sanitaria” abarca a la Xunta.
La posibilidad de decretar la vacunación obligatoria es solo uno de los puntos de la reforma normativa del PP, cuyo documento ocupa 53 páginas y llega al legislativo gallego después de que Feijóo anunciase, en agosto, que su intención era promover desde Galicia una reforma de la legislación estatal para evitar el estado de alarma a la hora de tomar medidas contra la epidemia de coronavirus. Aquella idea se quedó en un documento de siete folios que remitió al presidente del Gobierno y que fue criticado por constitucionalistas como Javier Pérez Royo. Al mismo tiempo pero sin que hubiese necesariamente conexión, su partido llevó al Congreso un “plan B jurídico” en el mismo sentido que fue vapuleado dialécticamente, especialmente por las otras derechas, y rechazado.
Prohibir el botellón en la ley sanitaria
Feijóo insiste ahora por la vía del Parlamento gallego, donde el PP cuenta con mayoría absoluta. Así, la justificación de las modificaciones en la ley 8/2008 de Saúde de Galicia es “la crisis sanitaria sin precedentes” que origina la COVID-19 y la inadecuación que, insiste el presidente de la Xunta, tiene la legislación del estado de alarma para hacer frente a ella. La nueva ley gallega afectará a derechos fundamentales y libertades públicas, algo que suscita el recelo de algunos juristas.
Alba Nogueira no lo ve así. “Es cierto que existe un gran debate entre administrativistas y constitucionalistas”, admite, “pero sucede cada día que las leyes autonómicas limitan derechos fundamentales de manera puntual. Por ejemplo, cuando prohíben el acceso a lugares públicos debido a un espectáculo, o por una emergencia”. La ley de Feijóo habilita al Servizo Galego de Saúde para restringir la circulación y movimientos de personas, las entradas o salidas a una zona, o el número de asistentes a una reunión, siempre en atención a la situación epidemiológica.
También amplía su artículo 34 para prohibir el botellón, al no permitir “el consumo en grupo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques y plazas públicas, y en otros lugares de tránsito público”. La intervención de residencias privadas de mayores, una práctica iniciada durante la pandemia, queda igualmente regulada. Y establece un régimen sancionador “en materia de salud pública” que delega en los ayuntamientos la imposición de multas, que oscilan entre los 1.000 euros de una infracción leve a los 600.000 de una muy grave.
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