La causa impulsada por la Fiscalía de Santiago de Compostela contra dos altos cargos del Servizo Galego de Saúde (Sergas) acusados de homicidio imprudente por retrasar la administración de fármacos contra la hepatitis C ha vuelto a ser archivada. Esta vez fue la Audiencia Provincial de A Coruña la que rechazó los recursos interpuestos por la acusación a una sentencia de noviembre de 2019 al “no apreciar indiciariamente la omisión de un deber de cuidado”. Contra esta sentencia cabe recurso en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
A los entonces director de Asistencia Sanitaria, Félix Ruibal, y subdirectora general de Farmacia, Carolina González-Criado Mateo, del Gobierno gallego se les imputó no haber subministrado los medicamento por “razones presupuestarias”. La denuncia mencionaba expresamente el caso de seis pacientes que murieron al no recibir tratamiento a tiempo. Fue en 2016 y constituyó la primera causa penal abierta en el Estado contra una administración pública por dilaciones en la prescricpción de medicinas a pacientes con esta enfermedad. Además, el ministerio fiscal también añadía el presunto delito de prevaricación a ambos cargos.
Hace ahora algo más de un año, el juez instructor del caso, tras más de tres de investigación, decidió el sobreseimiento provisional y su archivo al “no poder afirmar que la muerte o el fallecimiento de los pacientes les seas imputable causalmente a los investigados”. Según el magistrado Andrés Lago Louro, del juzgado de Instrucción nº3 de Santiago de Compostela, “el fallecimiento sobrevino por causas ajenas a la demora, omisión o dilación en la tramitación de las peticiones o solicitudes de aplicación de los nuevos fármacos”. La Fiscalía optó entonces por recurrir el archivo. Pero la Audiencia Provincial vuelve a dar a razón al instructor.
Los jueces de este último tribunal también consideran inexistente la relación de causalidad entre las muertes y actos imputables a los investigados. Además, entienden que si el retraso en la administración de los fármacos no se hubiese producido, tampoco habría indicios de que eso hubiese supuesto algún efecto en los en enfermos. “Se debe reiterar que desde que el médico que trata al paciente decide solicitar el fármaco hasta que le es administrado hay un largo camino en el que la actuación de los investigados se ciñe al tramo entre la recepción de la solicitud en la Subdirección Xeral de Farmacia y la aprobación del dictamen de la subcomisión”, señala, al tiempo que afirma que a los investigados “no se les puede responsabilizar de las situaciones previas o posteriores a tal entrada”.