Avanza la nueva normalidad en Galicia: discotecas con mascarilla y registro de clientes y verbenas de hasta 2.000 personas
La nueva normalidad en Galicia dará un nuevo paso el próximo 1 de julio con la apertura de los locales de ocio nocturno y la autorización para celebrar verbenas y fiestas populares, actividades que continuaban paradas pese a que Galicia fue la primera comunidad que finalizar el proceso de desescalada el pasado 15 de junio. Las discotecas deberán llevar un registro de su clientela, para la que es obligatorio usar mascarilla dentro de los locales. El aforo máximo para las fiestas populares, que dependerá del espacio para la celebración, será de 2.000 personas.
La Xunta de Galicia mantiene en esta “nueva normalidad” restricciones de aforos y también algunas actividades paralizadas. En general, los establecimientos públicos no deben superar el 75% de su capacidad, las actividades en grupos están limitadas a 25 personas, los aforos de eventos en espacios cerrados no deben sobrepasar las 300 personas y las 1.000 en el exterior y se deberán mantener las obligaciones de limpieza y seguridad que establece el real decreto de la “nueva normalidad”. Además, desaparece el límite de personas establecido para reuniones en domicilios.
La fin de la desescalada en la comunidad permitió la apertura de parques infantiles al aire libre. Sin embargo, todavía permanecen cerrados los que se encuentran en espacio cerrados, como los de centros comerciales, y otras zonas de ocio para menores.
¿Cómo serán las discotecas y verbenas?
El aforo de los locales de ocio nocturno estará limitado a dos tercios pero con dos excepciones: las pistas de baile no podrán pasar de la mitad de su ocupación pero al aire libre, en las terrazas, podrán llegar al 80% del total. El uso de mascarilla en el interior de los locales será obligatoria, así como que dispongan de un sistema de registro para “poder localizar a los clientes en el hipotético caso de que se detectase un positivo”. Este sistema de cesión de datos es obligatorio para la gestión del local pero voluntario para la clientela y la información solo podrá usarse “para el ámbito sanitario”.
En el caso de las verbenas el aforo máximo será de 2.000 personas para recintos que superen los 8.000 metros cuadrados. En caso de disponer de menos espacio, el límite será de 1.000 personas, con al menos tres metros cuadrados para cada una de ellas. La zona del evento deberá estar acotada y tener diferentes puntos para la entrada y salida. Entre el escenario y el público se establecerán cuatro metros de distancia y los componentes de los grupos deberán llevar mascarilla con la excepción de vocalistas y músicos que toquen instrumentos de viento.
Para las atracciones se seguirá también la regla de tres metros cuadrados por personas con un máximo de 700 para superficies inferiores a 8.000 metros cuadrados y de 1.000 si son espacios más amplios.
¿Qué permanece cerrado?
Deben esperar para retomar la actividad los establecimientos de juegos y atracciones recreativas para público de hasta 12 años, los espacios de entretenimiento y los que organicen fiestas infantiles. Tampoco pueden abrir por ahora las ludotecas, las casas nido o los punto de atención a la infancia. Espacios dirigidos a público juvenil, como los espacios jóvenes, las residencias de tiempo libre y los albergues y campamentos que dependan de Política Social también deben permanecer cerrados por el momento. Para los campamentos de la Dirección Xeral de Xuventude se aplican los criterios de este decreto.
Los centros y escuelas infantiles y el resto de educación reglada -con la excepción de los últimos cursos de Bachillerato y FP, que se reincorporaron ya de manera voluntaria- no volverán hasta septiembre. La educación hasta los seis años está autorizadas desde la fase 2 pero la Xunta de Galicia ha decidido posponerla hasta después del verano.
También continúan con las puertas cerradas muchos centros sociosanitarios, como los centros de día para personas mayores y dependientes y los ocupacionales, con la excepción de que podrán realizar terapias individuales con cita previa. Deben esperar también los centros comunitarios de bienestar y las casas del mayor.
¿Qué aforos hay en restauración y comercio?
Los establecimientos comerciales, independientemente de donde estén situados, pueden llegar al 75% de su capacidad, con la limitación del 50% para las zonas comunes de los centros comerciales. Se mantiene la atención preferente para mayores de 65 años
En los mercadillos al aire libre solo pueden instalarse el 75% de los puestos habituales y la afluencia de personas debe respetar la distancia de seguridad. Es responsabilidad de los ayuntamientos decidir qué puestos autorizan, con preferencia para los de alimentación y primera necesidad, y aumentar la superficie o habilitar más días para compensar la reducción del aforo.
Los restaurantes y bares pueden estar al 65%, mientras que las terrazas suben hasta el 80%. Se permite el uso de las barras, siempre que se mantenga la separación de medio y medio.
Parques infantiles y biosaludables
Además de los parques infantiles al aire libre, están abiertos los biosaludables, las pistas de skate y otros espacios públicos similares. La capacidad de estos espacios se mide como en las playas, una persona por cada cuatro metros cuadrados del recinto.
Velatorios, bodas y cultos religiosos
Aumenta la asistencia a velatorios y se autorizan hasta 60 personas en espacio abiertos y 30 en cerrados. En el caso de los entierros se pueden juntar hasta 75 asistentes como máximo para las comitivas fúnebres. Para los espacios de culto se mantiene la norma general del 75% de ocupación y también la prohibición de utilizar agua bendita y tocar o besar objetos durante las ceremonias.
En las bodas se aplican los criterios de aforo para espacios de culto y restauración. Si se celebran en otros espacios, tiene autorizado utilizar hasta un 75% del aforo, con un máximo de 250 personas al aire libre y 150 en espacios cerrados.
Actividad cultural y eventos
Para los museos, bibliotecas o equipamientos culturales también se aplica el límite del aforo del 75%. Las visitas de grupos que se realicen serán de un máximo de hasta 25 personas.
Los cines, teatros, auditorios o circos deben preasignar las butacas, sin sobrepasar el 75% de ocupación. El resto de recintos que se dediquen a espectáculos o actividades recreativas pueden mantener su actividad si el público permanece sentado y no supera el 75% del aforo, con un máximo de 300 personas en recintos cerrados y 1.000 en abiertos.
Actividad deportiva y tiempo libre juvenil
Está permitida la actividad deportiva al aire libre siempre que los grupos no superen las 25 personas y no haya contacto físico. En instalaciones de interios no se pueden sobrepasar los dos tercios de capacidad.
En el caso de los eventos deportivos que no sean ni la liga profesional de fútbol ni la de baloncesto, que regula el Estado, la capacidad también es del 75%, con un límite de 300 personas para espacios cerrados y 1.000 en abiertos.
Las actividades de tiempo libre para población infantil y juvenil se pueden realizar con un máximo de 250 participantes o un 75% de la capacidad en espacios abiertos y 150 en cerrados o la mitad del aforo en cerrados, incluidos los monitores. Las actividades en grupos están limitadas a 15 personas, que no deben tener contacto con los otros grupos
Turismo
Los hoteles pueden funcionar al 75% de su capacidad en los espacios comunes y las actividades en grupo tienen un máximo de 25 asistentes. Los albergues turísticos, como los que recorren el Camino de Santiago, no pueden superar el 50% de su capacidad total.
Las actividades guiadas en grupo están limitadas a 25 personas pero no se establecen limitaciones en el caso de turismo activo y de naturaleza. Los parques naturales están abiertos pero las autoridades podrán limitar el uso de zonas comunes, como merenderos. Los monumentos también tienen una capacidad máxima limitada al 75%.
Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios están limitados a un aforo de dos tercios de su capacidad y al 50% en las atracciones. El control de las playas corresponde a los concellos, que deben limitar la capacidad a una persona por cada cuatro metros cuadrados de superficie.
Centros educativos no reglados y de formación
La actividad de academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada pueden tener clase presencial si no se supera el 75% de la capacidad y un máximo de 25 personas. Para las autoescuelas, es obligatorio el uso de la mascarilla dentro de los vehículos.
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