El juez instructor del accidente de Angrois, en el que el 24 de julio de 2013 murieron en Santiago 80 personas y 144 resultaron heridas, acaba de dar por finalizada la investigación cinco años y medio después y propone la apertura de juicio contra el maquinista del tren Alvia, Francisco José Garzón, y contra quien en su momento fue director de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte. El primero se despistó y no frenó a tiempo antes de la curva de Angrois sin que hubiese activo ningún sistema que evitase o paliase su previsible error humano, fallo de seguridad del que considera responsable al segundo. En su auto, el instructor equipara la actuación de Cortabitarte a la del conductor, por lo que considera a los dos responsables de ochenta delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y de 144 delitos de lesiones por el mismo tipo de imprudencia. Ahora la Fiscalía y las partes personadas en la causa deberán pronunciarse sobre su decisión.
El auto con el que el juez da por finalizada la fase de instrucción, emitido con fecha de este lunes, pone el foco en la falta de evaluación de riesgos de la línea previa a su inauguración en 2011 y de la desconexión del sistema de control de la velocidad a bordo de los Alvia en 2012, un año antes del siniestro, pedida por el director de Seguridad de Renfe, Antonio Lanchares, y que fue autorizada por Cortabitarte en unas pocas horas. Según el juez, Cortabitarte, igual que no evaluó el riesgo de la línea antes de autorizar su puesta en servicio, también “autorizó dicha desconexión sin previamente realizar una evaluación del riesgo que tal desconexión pudiera comportar para la seguridad en la circulación”.
Esta es la segunda vez que el instructor propone dar por finalizada la investigación. Ya lo hizo a finales de 2015, cuando consideró que sólo había pruebas para acusar al maquinista, pero la Audiencia Provincial de A Coruña le ordenó investigar mejor si Adif había analizado como debía los riesgos existentes en la línea de AVE Ourense-Santiago en la que ocurrió el accidente. Fruto de esas nuevas investigaciones llegaron a estar imputados en los últimos años otras seis personas además del maquinista: Cortabitarte como máximo responsable de la seguridad de Adif; un subordinado suyo; su homólogo en Renfe, Antonio Lanchares; y tres técnicos de la consultora pública Ineco que declararon en el juzgado que no analizaron los riesgos de la curva de Angrois porque Adif no se lo encargó. Ahora el juez considera que el único responsable final de los defectos de seguridad en la línea y en el tren es Cortabitarte, al que equipara penalmente con el conductor, que no frenó a tiempo tras despistarse después de recibir una llamada telefónica del interventor del tren.
El auto del juez comienza por destacar que “la causa directa, inmediata, y que decididamente desencadenó el desgraciado accidente que tuvo lugar el pasado 24 de julio de 2013 fue el exceso de velocidad derivado de una conducción negligente” del maquinista que no frenó a tiempo de 200 a 80 kilómetros por hora antes de la curva de Angrois. Y a continuación hace un relato de los hechos sobre cómo antes de la inauguración de la línea de AVE Ourense-Santiago en diciembre de 2011 por el entonces ministro en funciones socialista José Blanco hubo modificaciones en el proyecto “cuya repercusión en la seguridad resulta obvia sin que conste que previamente se hubiere evaluado el riesgo que dichos cambios pudieran comportar para la seguridad”. Una evaluación del riesgo cuya responsabilidad atribuye exclusivamente a Cortabitarte.
En sus comparecencias tanto en el juzgado como en la comisión de investigación política abierta en el Congreso, Cortabitarte rechazó su responsabilidad y la derivó exclusivamente hacia el maquinista. El cargo de Adif también negó siempre posibles presiones políticas de sus superiores para que actuase como actuó.
Ahora el juez dice que “es el señor Cortabitarte el que emite el Certificado de Seguridad de la vía, requisito previo imprescindible sin el cual no sería posible dar inicio a su explotación, y lo emite sin previamente conjurar el riesgo de fallo humano que no fue objeto de una debida evaluación previa de conformidad con lo exigido por la normativa europea aplicable”. Una exigencia que el juez constata después de considerar más creíbles diversos peritajes que coincidieron en la necesidad de realizar esa evaluación frente a la versión discrepante de un perito impuesto por la Xunta que no consideraba que fuera necesario ese análisis de los riesgos.
El auto del juez también explica por qué propone archivar las imputaciones que pesaban sobre los otros cinco investigados hasta ahora. De los tres técnicos de la consultora pública Ineco dice que hicieron el trabajo que Adif les encargó, mientras que del subordinado de Cortabitarte señala que fue imputado para garantizar su derecho de defensa si en la causa aparecían indicios contra él, cosa que dice que no se ha producido.
El juez dedica más espacio a analizar la actuación del homólogo de Cortabitarte en Renfe, el director de Seguridad en la Circulación de la operadora Antonio Lanchares, que dejó el cargo hace tres meses. De él dice que su imputación no debe proseguir porque a pesar de que fue él quien solicitó a Adif desconectar el sistema de control de la velocidad a bordo de los Alvia un año antes del siniestro, en junio de 2012, la autorización correspondió exclusivamente a Cortabitarte. Sobre esa decisión, la Agencia Ferroviaria Europea consideró en su momento en un informe entregado en el juzgado que sus riesgos también debieron ser analizados por Renfe, pero ahora el juez centra la responsabilidad exclusivamente en Cortabitarte. Tampoco por esa desconexión del sistema en los Alvia, ya con la ministra popular Ana Pastor en Fomento, declararon ni Cortabitarte ni Lanchares haber recibido ninguna presión política.
Ahora la Fiscalía y las partes personadas en la causa deberán pronunciarse sobre este auto del juez que da por finalizada una investigación que en estos cinco años y medio se ha visto entorpecida por diversas ocultaciones de Adif y Renfe y por la lentitud del sistema judicial.