El Supremo confirma la nulidad del ERE de 524 trabajadores de Alcoa en San Cibrao
El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la nulidad del ERE de Alcoa que la empresa planteó para 524 trabajadores de la planta lucense de San Cibrao. Los jueces de la sala de lo social han decidido rechazar el recurso de la empresa contra la sentencia de los tribunales gallegos que anularon el despido colectivo que pretendía la compañía “por entender que la empresa había incurrido en mala fe negocial durante el periodo de consultas”.
Por el momento sólo ha trascendido el fallo, la sentencia completa del alto tribunal se conocerá en los próximos días. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia entendió en diciembre del año pasado que el ERE fue una excusa de la siderúrgica para cerrar la fábrica. Sus ofertas para hacer un ERTE pretendía “vestir lo mismo, pero de una manera diferente” ya que seguía permitiendo a la empresa “extinguir los contratos de trabajo”.
La empresa, según la sentencia de los tribunales gallegos que ahora confirma el Supremo, dilató el proceso de consultas con los trabajadores de manera artificial para conseguir una venta de la planta. Los jueces ya advirtieron en primera instancia que la propia Xunta advirtió a la empresa “hasta en diez ocasiones” de que debía prolongar este periodo de consultas pero la empresa sólo accedió “en el último momento y con resistencias”. Su argumento era “empecinadamente” insistir en el elevado coste de mantener las cubas en marcha.
El ERE no se ha ejecutado ni se podrá ejecutar. El TSX obligó a la empresa a paralizar el proceso de despido colectivo hasta que existiera una sentencia firme que, finalmente, ha dado la razón a sindicatos y trabajadores.
La sentencia del Tribunal Supremo no supone el final de los conflictos laborales judicializados de Alcoa en relación con varias plantas en el norte del país. El pasado mes de junio la Audiencia Nacional condenó a indemnizar o recolocar a los trabajadores de las plantas de Avilés y A Coruña después de su venta al grupo de inversión Parter Capital. Los jueces consideraron que se incumplió la parte del acuerdo que obligaba a reindustrializar ambos centros de trabajo y mantener los empleos optando por un comprador serio, solvente y riguroso. Parter Capital, según la Audiencia Nacional, no cumple esos requisitos.
La venta de estas dos plantas también está siendo investigada por la vía penal en la misma Audiencia Nacional. La jueza María Tardón admitió a trámite una querella en diciembre del año pasado y recientemente ha obligado a los directivos de Grupo Industrial Riesgo a devolver 13 millones de euros para garantizar la viabilidad de ambas plantas de producción.
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