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El Tribunal Superior condena a Adolfo Domínguez a pagar 60.000 euros a una trabajadora que hacía jornadas de diez horas

Una mujer sale de una tienda de Adolfo Domínguez, en una fotografía de archivo.

Daniel Salgado

9 de diciembre de 2024 17:42 h

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Una trabajadora de la empresa textil Adolfo Domínguez recibirá una indemnización de 60.000 euros. Lo hará después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) diese la razón a su denuncia, en la que relataba jornadas de hasta 11 horas y 20 minutos y cómo acabó por desarrollar un trastorno ansioso depresivo, que derivó, en octubre del pasado año, en una baja por incapacidad temporal. El diario Praza adelantó la sentencia. La firma, consultada por elDiario.es, rechaza algunos de los supuestos recogidos en la exposición del dictamen judicial.

La empleada era jefa de departamento y responsable de selección y formación. Tras el expediente de regulación de empleo que, en mayo de 2021, supuso el despido de 259 personas, su carga de trabajo aumentó. Los antecedentes de hecho que recoge el dictamen judicial relata como la demandante inició una medicación para la ansiedad debido a mareos “por la presión y falta de descanso. Su inmediata superior ”era consciente de ello, pero no le importaba“. Al mismo tiempo, la trabajadora había advertido que carecía de ”medios técnicos y humanos“ para cumplir con las políticas de la empresa, y de ”la falta total y absoluta“ por parte de la misma ”de adecuar carga de trabajo y herramientas“.

El 3 de junio de 2022, la denunciante sufrió una fuerte crisis de ansiedad. Una ambulancia la trasladó a un centro médico, donde corroboraron el diagnóstico. Causó baja médica. Duró hasta mayo del año siguiente. Cuando se reincorporó, mostró su malestar porque la empresa había cursado su baja como “por enfermedad común” y no de accidente in itinere. La empresa redujo entonces sus funciones. En octubre de 2023, ingresó en el Hospital de Ourense por intento de suicidio. Al médico que la atendió le contó que la tenían “sometida a una especie de acoso en la empresa”, le daban tareas de menor categoría de las que le correspondían y sus compañeros le hacían el vacío.

El Tribunal Superior desestima ahora el recurso de Adolfo Domínguez y ratifica la condena dictada en febrero de este año por el Juzgado de los Social número 1 de Ourense por la que la empresa deberá abonar 60.291 euros a la trabajadora, cuya relación laboral con la firma de moda ya no existe.

Este periódico ha solicitado una valoración de la sentencia a la compañía. “Por respeto al caso y la sentencia judicial, no nos gustaría entrar en detalles sobre el mismo”, señalan desde el departamento de comunicación, “pero sí destacar que los hechos muestran, y así se recoge también en la sentencia, la inexistencia de una situación de acoso en la compañía, que nunca busca perjuicio para sus profesionales”. Además, niega la existencia de las jornadas laborales denunciadas por la trabajadora: “Somos conscientes de los esfuerzos realizados por los miembros de la plantilla en momentos excepcionales, pero en ningún caso se exigen jornadas como las descritas”.

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