La Xunta sanciona con 18.000 euros a la mina de Touro por un vertido contaminante de metales pesados
La Xunta ha impuesto una multa de 18.000 euros -14.400 si se hace un pago voluntario- a una de las empresas que están detrás del proyecto para reactivar la mina de Touro, Explotaciones Gallegas, por un vertido contaminante en el que los metales pesados superan con mucho los topes legales. De la sanción ha informado Ecoloxistas en Acción, entidad que provocó con sus denuncias, junto a Amigas da Terra, el inicio del procedimiento.
La propuesta de resolución firmada por Augas de Galicia -dependiente de la Consellería de Medio Ambiente- el 16 de diciembre recoge que el 12 de agosto este organismo hizo una inspección tras una denuncia de estas dos asociaciones ecologistas. Como consecuencia, el 20 de septiembre se abrió expediente sancionador contra la empresa que es propietaria de buena parte de los terrenos en los que Cobre San Rafael quiere reactivar un proyecto extractivo. Los planes para la explotación, con la que se pretende producir cobre, fueron tumbados en 2020 porque la declaración de impacto ambiental de la Xunta fue negativa. Pero los promotores rearmaron el proyecto, que el Gobierno gallego ha declarado estratégico y que salió a exposición pública a finales de noviembre.
La denuncia se refería a un vertido atribuido a las filtraciones de una escollera cercana a la balsa de Vieiro. Esas filtraciones afectan al arroyo de Pucheiras. Augas de Galicia indica que en esa visita de agosto se constató una filtración que es “claramente un vertido de aguas residuales no autorizado (con riesgo de afección al medio receptor)” y considera que la propia empresa denunciada lo puso de manifiesto cuando presentó un proyecto para obtener una autorización de vertido que daría solución a la cuestión. Los resultados de los análisis de las muestras tomadas en la inspección reflejan que la concentración de manganeso era de 7,95 miligramos por litro, lo que multiplica casi por cuatro el valor de referencia para vertidos de aguas residuales industriales al dominio público hidráulico, puesto que es de 2 miligramos por litro.
En el medio receptor, añade, se aprecia un incremento de la concentración de este metal: es de 0,0388 miligramos aguas arriba y pasa a 8 miligramos por litro aguas abajo del punto de vertido. La subida ocurre también con el níquel, que supera el máximo. En este caso, Augas de Galicia considera que no es totalmente atribuible al vertido porque la concentración detectada en el mismo, aunque supera el tope, es inferior al resultado que se obtiene en la medición hecha aguas abajo.
La Xunta entiende que hay una infracción leve, de acuerdo con la Lei de Augas de Galicia, y aplica una atenuante porque interpreta que el infractor ha adoptado medidas correctoras. Se refiere a que la empresa había solicitado una autorización de vertido, que la Xunta terminó resolviendo a favor en noviembre. Por este motivo, la administración gallega propone “la imposición de la sanción mínima, consistente en el triple del importe de la valoración de daños”.
Isabel García, portavoz de Ecoloxistas en Acción para las cuestiones relacionadas con la mina de Touro, critica que, pese a que quedó demostrada la contaminación, Augas de Galicia haya optado por aplicar la cuantía mínima y lo “justifique con subterfugios”. Avanza que la asociación va a presentar un recurso de alzada contra la autorización de vertidos al Pucheiras. Este episodio, agrega, “evidencia la incapacidad técnica de la empresa de gestionar las aguas residuales de una mina en estado de abandono”, puesto que se acumula a castigos anteriores.
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