Desde que elDiario.es informase este martes de que, según el juez que instruye el caso Koldo, el Govern balear del PP habría dejado caducar el expediente para la reclamación de 2,6 millones de euros pagados de más por la adquisición de mascarillas en plena pandemia, los populares han esgrimido esta noticia para refutar su responsabilidad en el caso y criticar la difusión de supuestas fake news al respecto.
En concreto, el portavoz del partido en el Parlament balear, Sebastià Sagreras, acusa al “PSOE de [Francina] Armengol y [Iago] Negueruela” de ser una “fábrica de fake news”, utilizando para ello la captura de pantalla del artículo publicado por este medio sobre la prescripción de la reclamación. Mediante una publicación en la red social X –antes Twitter–, el dirigente popular apunta a presuntos bulos propagados por los socialistas, a pesar de que es un juez el que apunta a que el procedimiento habría acabado caducando sin que los conservadores hicieran nada por evitarlo.
En su resolución, en la que se recoge de forma pormenorizada el relato de la querella interpuesta por la Fiscalía Especial Contra la Corrupción por estos hechos, el magistrado de la Audiencia Nacional Ismael Moreno menciona comunicaciones entre los empresario Juan Carlos Cueto e Íñigo Rotaeche, así como una tercera persona, de las que se colige que, si la Administración balear, en el plazo de tres meses (con fecha límite el 18 de enero de 2024) no se pronunciaba expresamente sobre el expediente de reclamación, se produciría la caducidad del procedimiento administrativo y, por ende, la reclamación de los casi tres millones de euros.
El juez extiende así los hechos más allá de la legislatura de Armengol (PSOE), abarcando los meses en los que el PP ya se había hecho con el poder en el Ejecutivo autonómico, con Marga Prohens (PP) como presidenta. A este respecto, Moreno subraya que pocos días antes de la fecha límite dejaron de observarse comunicaciones que abordasen este asunto, de lo que infiere que “podría haberse producido la caducidad de la reclamación a Soluciones de Gestión” y cómo, por tanto, el ejercicio de la influencia por parte del intermediario Koldo García había “surtido efecto” –la Fiscalía sostiene que Koldo maniobró para presionar al Ejecutivo autonómico y que la empresa Soluciones de Gestión no tuviera que devolver el dinero–.
En su tuit, Sagreras asevera, sin embargo, que quien cursó la reclamación “fue precisamente el Govern de Marga Prohens frente a la total dejadez de la izquierda” –es decir, el Govern de Armengol–, e incide en que hay “muchos interrogantes sin contestar”. “¿Cuándo tendremos respuestas?”, concluye, añadiendo a sus manifestaciones la captura de pantalla de la noticia de elDiario.es con la palabra “fake news” sobreimpresionada en rojo –dicha palabra dificulta la lectura de la frase en la que se especifica que es el cálculo que hace el juez, no elDiario.es, ni el PSOE–.
En esta misma línea, la portavoz del PP en el Consell de Mallorca, Núria Riera, hace servir la misma imagen de este medio para aseverar que “el PSOE, nervioso, suelta fake news del caso Koldo de mascarillas fraudulentas en Balears” –a pesar de que la información de elDiario.es se basa en los cálculos del juez, no en la versión del PSOE–. Y prosigue: “Armengol ‘indignadísima’ se esconde y no da explicaciones. ¿Quién decidió comprarlas? ¿Quién contactó con Koldo? ¿Por qué no reclamaron en tres años?”.
A la campaña contra elDiario.es también se han unido el senador popular Miquel Jerez o la diputada autonómica Marga Durán, que vincula la información de elDiario.es a Francina Armengol cuando la noticia está basada en lo que afirma el juez en el auto: “Armengol pagó por unas mascarillas carísimas, en lo peor de la pandemia, que nunca se utilizaron. Armengol NO reclamó su importe cuando supo que eran defectuosas, ni tampoco cuándo acudió la UCO en 2022 a llevarse el expediente. Y ahora Armengol miente”.
Los populares sostienen que el expediente estaría todavía abierto porque, según ellos, la propuesta de inicio de resolución se firmó en agosto de 2023 con el actual Govern de Marga Prohens. El PP asegura que el 20 de marzo –con Francina Armengol como presidenta de la comunidad– se realizaron oficios y comunicaciones que instaban a reclamar la devolución. Pero, según Sagreras, no fue hasta el 24 de agosto que el Servicio Balear de Salud (IB–Salut) firmó el expediente. En ese caso, caducaría el próximo mes de abril, en ocho meses a contar desde agosto, según han apuntado fuentes del Ejecutivo balear a elDiario.es, que se amparan para ello en una resolución de la Junta Consultiva de Contratación que estipula que el plazo para resolver los contratos públicos de Balears es de ocho meses. Un dato que choca de lleno con jurisprudencia y normativas de rango superior como las del Tribunal Constitucional, el Supremo y la Ley balear de Régimen Jurídico.
De hecho, si se aplica la jurisprudencia que marca la sentencia 422/2024 del Tribunal Supremo, el procedimiento estaría caducado, tal y como ha adelantado Diario de Mallorca y ha podido confirmar elDiario.es. Según esta información, el procedimiento habría caducado durante la presidencia de Prohens.
La resolución del Supremo, que unifica los criterios de caducidad en la resolución de contratos estipula que, tal y como marca Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, actualmente el plazo para resolver este tipo de expedientes es de tres meses, si bien tal regulación podría ser sustituida por otra elaborada por las Comunidades Autónomas con competencia para ello. En el caso de Balears, la Ley 3/2003 de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma establece, en su artículo 50.1, que los plazos de caducidad no podrán exceder de seis meses (y siempre que la autonomía cuente, como así ocurre en las islas, de competencias de la materia en cuestión, en este caso sanitaria).
Por tanto, tomando como referencia el 6 de julio o el 24 de agosto, fecha que el PP esgrime como aquella en la que se dio inicio al expediente de reclamación, éste ya habría caducado, ya sea por el plazo de seis meses que marca la Ley 3/2003 de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma o por el de tres meses que menciona el juez en su auto.