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Las “alocadas” party boats se desmadran en Ibiza: 89 euros por tres horas de barra libre y fiesta de la espuma

Esther Cabezas

Eivissa —
15 de septiembre de 2024 22:00 h

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Un barco, cargado de gente hasta los topes, lleva meses comercializando una fiesta de la espuma frente a la costa de Eivissa, una isla donde la realidad supera, con creces, cualquier planteamiento de la imaginación. En un video viralizado en las redes sociales –y que subió el exalcalde Rafael Ruiz–, se ve a la perfección, a pocos metros de la costa y a la vista de todos, una gran embarcación llena de turistas arrojando cantidades ingentes de espuma al agua.

Durante años, los residentes en Eivissa han podido comprobar cómo miles de turistas disfrutan de fiestas en barcos abarrotados de gente con las mismas ganas de desmadre. La música a toda pastilla y el jolgorio que se escucha desde la orilla los delata.

Todo ello a pesar de que era una actividad ilegal: el decreto aprobado hace ya más de 4 años por la coalición progresista que presidía la actual presidenta del Congreso de los Diputados, la socialista Francina Armengol, conocido como 'decreto de Turismo de Excesos', incluía la prohibición de las party boats, que son especialmente dañinas contra las aves del Mar Mediterráneo, algunas de ellas en grave peligro de desaparición.

Sin embargo, el pleno del Parlament aprobaba justo al inicio de esta temporada la convalidación del Decreto ley 2/2024, de 10 de mayo, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas, que modifica el citado Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero. El conseller de Turismo, Cultura y Deportes, Jaume Bauzà (PP), aseguró en aquel momento que existía la “necesidad de modificar este decreto como respuesta a la petición realizada tanto por los ayuntamientos afectados como por las empresas y patronales del sector”.

En cuanto a las party boats, el nuevo decreto–ley del PP establece que “queda prohibido para las embarcaciones con fiestas o eventos multitudinarios y venta de alcohol a bordo acercarse a menos de una milla náutica (1,852 km) de las zonas afectadas” y que “queda prohibida también la recogida o desembarco de pasajeros dentro de estas zonas”. Con esta redacción, los conservadores permiten la celebración de las party boats si se hacen a más de una milla de la costa. Y es que la relajación de las restricciones de las actividades de “turismo de excesos” fue una de las promesas electorales de la derecha balear, que consiguió hacerse con el gobierno del archipiélago, el Consell d'Eivissa y todos los ayuntamientos de la isla en las pasadas elecciones de mayo de 2023.

“Una alocada fiesta de espuma en una party boat”

La empresa que celebra fiestas de la espuma en sus barcos ha promocionado su actividad durante toda la temporada 2024 y lo sigue haciendo. Only Ibiza Boat Party asegura que sus fiestas son las mejores de la isla y ofrece diferentes formatos. Incluye, por ejemplo, una parada en una piscina anterior al embarque. “La mejor opción si lo que estás buscando es una alocada fiesta de espuma en una party boat. ¡Un cañón de espuma que produce asombrosas cantidades de burbujas durante la party boat!”, publicita.

Esta información se puede encontrar en cualquier portal de vacaciones y en su página web y redes sociales. Con total impunidad. La compañía asegura que zarpa todos los días y su punto de encuentro es el bar Albatros, en el embarcadero de Playa d'en Bossa, zona que no entra dentro del término municipal de Sant Antoni; el único que, según el nuevo decreto–ley del PP, puede sancionar esta actividad “si se realiza a menos de 1 milla náutica”.

Sin embargo, además del daño ecológico y medioambiental de esta actividad, los clientes de esta empresa dedicada a las party boats no se muestran muy felices. Solo hay que darse una vuelta por las reseñas de uno de los portales online más consultados. “Fue una fiesta terrible. La comida era horrible, el personal era grosero y anunciaba bebidas que no estaban incluidas. El barco estaba sucio y era claramente un ferry”, comenta Adrián, desde Toronto, Canadá. “A menos que quieras sentarte en un barco parado durante 3 horas bajo el sol abrasador, escuchando la música más alta, y bebiendo la sangría más barata, probablemente este no sea el barco para ti”, argumenta Coco desde Basilea, en Suiza.

El londinense Lawrence añade: “Hagas lo que hagas, NO reserves este barco. Un barco horrible, pequeño y maloliente, sin protección contra el sol abrasador, un DJ/música terrible, latas de cervezas calientes del supermercado, una multitud extraña e incómoda, comida repugnante, ¡NO HAY NADA bueno en esta experiencia aparte de nadar de regreso a la orilla! 😂. Dejé a mis compañeros a bordo con mis zapatos, etc., y luego volví a la playa... ¡ya que el barco solo ancla a 5 minutos del muelle! ¡Me salvé dos horas de la vida! Mis compañeros confirmaron que solo empeoró. Una estafa total”.

La oferta de la Foam Party (Fiesta de la Espuma) cuesta 89 euros e incluye barra libre de cerveza, cava, sangría, combinados y refrescos. “Además, disfrutarás de un delicioso aperitivo a bordo con paella española, ensalada y fruta fresca”, explican desde Only Ibiza Boat Party. elDiario.es ha intentado sin éxito ponerse en contacto con la empresa.

¿Quién controla las party boats?

Las fuentes de la Conselleria balear del Mar y Ciclo del Agua consultadas por elDiario.es aseguran que en este departamento “solo se da permiso, desde la Dirección General de Costas y Litoral, para el tema de embarco y desembarco de pasajeros”. En el caso de la empresa que ha celebrado fiestas de la espuma, según explican a este diario, “tenía todas las autorizaciones correctamente solicitadas”. Desde esta Conselleria añaden que es función de Capitanía Marítima sancionar “si se arrojan sustancias al mar”. “En cuanto a la organización de party boats, nosotros no llevamos nada. Sé que están prohibidas, pero esquivan el decreto de alguna forma”, añaden.

Por su parte, Luis Gascón, capitán de la Capitanía Marítima de Eivissa y Formentera, recalca a elDiario.es que “cualquier actuación que esté regulada, y tenga que ser sancionada por la marina mercante, se va a sancionar”. “Hay que hablar con exactitud. Nosotros sancionamos el descargue de un vertido desde un barco, como la fiesta de la espuma, que se va a sancionar, para velar por la prevención de la contaminación. Pero la actividad del party boat es competencia de la Comunidad Autónoma. Hay que poner los puntos sobre las íes”, aclara. 

Lo que también cuenta es que las infracciones administrativas graves, como es la de arrojar espuma al mar, se pueden abrir, “pero hay un plazo de tres años para hacerlo”. Después, la sanción prescribe. Esta empresa ha vertido su espuma durante todo el verano y aún lo sigue haciendo. “Las actividades de fiestas a bordo no las podemos prohibir. Velamos por la seguridad marítima, pero la actividad turística está regulada por el decreto ley 1/2020, que en su disposición final tercera dice que el Govern, así como los Consells, son los órganos que velarán por el buen desarrollo y ejecución de todas estas actividades”, puntualiza.

En el Govern –en concreto, la Conselleria de Turismo–, según sus propias fuentes, no tiene competencias sobre el tema. “La legislación es cosa del Ejecutivo autonómico, pero las inspecciones y sanciones son competencia de los consells insulars y los ayuntamientos que están dentro del decreto”, comentan a este periódico en referencia a las localidades de Sant Antoni (Eivissa) y Palma, Calvià y Llucmajor (Mallorca). 

En cuanto a los ayuntamientos de Eivissa, si nos remitirnos al Decreto de Excesos, solo el Consistorio de Sant Antoni tendría competencias para sancionar este tipo de actividades, ya que es el único de la isla que se encuentra dentro de esta normativa. El equipo de gobierno de Sant Antoni ha sido uno de los que más han batallado para que se modificara el decreto cuanto antes, porque daba mala imagen a la localidad, tal y como ha publicado anteriormente este diario. Fuentes municipales puntualizan que “la competencia municipal está en las áreas de litoral” y que “abarca las zonas de baño, playas, a nivel de seguridad y limpieza”. “Sant Antoni no entra la medida de los party boats”, puntualizan.

Sin embargo, y a pesar de no estar incluido en el Decreto de Excesos, el Ayuntamiento de Eivissa se ha reunido con el conseller balear del Mar y del ciclo del Agua, Juan Manuel Lafuente, “para establecer controles en los muelles de las playas del municipio donde cargan y descargan pasajeros las embarcaciones que hacen excursiones o donde tiene su punto de encuentro también las 'party boats'”, explican a elDiario.es desde el Consistorio.  “Se va a pedir una autorización temporal a la Demarcación de Costas para ejercer esta competencia. El objetivo es conseguir una convivencia pacífica entre las personas que están en la playa y las que participan en alguna de estas excursiones”, publicaba la Cadena Ser sobre el tema.

El Consell d'Eivissa no ha ofrecido su versión de los hechos al cierre de este reportaje, a pesar de la petición de elDiario.es.

 “A nadie se le podría ocurrir que los humanos somos tan bobos” 

Los ecologistas del GEN-GOB no entienden cómo ninguna administración se hace cargo de inspeccionar y sancionar actividades claramente dañinas para el medio ambiente. El presidente del GEN-GOB, Joan Carles Palerm, explica a elDiario.es que “las diferentes administraciones escurren el bulto dejando sin perseguir una actividad lesiva y que no está amparada por la normativa”. “La ley de navegación marítima (7/2014) dice que la administración creará planes para la lucha contra la contaminación por hidrocarburos y otras sustancias y que es obligatorio para al menos los capitanes de otras embarcaciones denunciar actos de contaminación por hidrocarburos u otras sustancias potencialmente contaminantes”, añade.

Palerm explica que el jabón no es una sustancia inocua. “Hay riesgo de contaminación y de, entre otras cosas, eutrofización (aporte en exceso de nutrientes inorgánicos que pueden producir la proliferación de algas, por ejemplo). En general, entendemos que es responsabilidad de Capitanía, pero evidentemente Medi Ambient o el Ayuntamiento pueden iniciar sus expedientes y con la máxima información tramitar la denuncia a quien corresponda”, especifica. El presidente del GEN-GOB explica que “como es normal, a ningún legislador se le podría ocurrir que los humanos somos tan bobos como para pensar que eso es buena idea”. “Gracias a lo sucedido, igual hay que cambiar la normativa estatal para incluirlo, pero es imposible incluir todas las posibilidades”, añade.

Las diferentes administraciones escurren el bulto dejando sin perseguir una actividad lesiva y que no está amparada por la normativa. Con el jabón de las party boats hay riesgo de contaminación y de, entre otras cosas, eutrofización. Como es normal, a ningún legislador se le podría ocurrir que los humanos somos tan bobos como para pensar que eso es buena idea. Gracias a lo sucedido, igual hay que cambiar la normativa estatal para incluirlo, pero es imposible incluir todas las posibilidades

Joan Carles Palerm Presidente GEN-GOB Eivissa

Aparte de la normativa estatal en sí, hay otras normativas ambientales a cumplir. “Si esto pasa en un chiringuito que monta una fiesta en la playa seguro que se aplican normativas relativas a la contaminación y vertido. Lo mismo ha de pasar en este caso. Basta que las administraciones actúen y, si no pueden sancionar por no ser su área de competencias, al menos han de actuar de oficio y aportar pruebas y denuncia a la administración competente”, añade.

Asimismo, Palerm se refiere al convenio MARPOL (Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques) firmado por España. “En ese convenio sí se habla de aguas sucias incluyendo las aguas provenientes de duchas y lavabos, entre otros. Podríamos entender que la espuma es una agua sucia, ya que es un agua contaminada con sustancias que contienen fosfatos y nitratos, que han de ser depuradas. Esas aguas, según el convenio MARPOL, no pueden verterse al mar y han de llevarse a puerto salvo que entre otros requisitos se descargue a más de 3 millas (12 si no incorpora un desinfectado previo de la costa, a velocidad superior a 4 nudos)”, concreta.

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