“Actuaban como una unidad en la que se animaban unos a otros y no se atrevían a contrariar al juez y al fiscal pese a tener dudas”. Así se ha pronunciado este martes el fiscal anticorrupción Tomás Herranz respecto a las prácticas presuntamente irregulares que habrían desplegado el exjuez Manuel Penalva, el exfiscal Miguel Ángel Subirán y cuatro policías nacionales para apuntalar sus tesis incriminatorias mientras investigaban al magnate del ocio nocturno Bartolomé Cursach, a quien acusaron de urdir un entramado político, empresarial y policial en aras a salvaguardar su autoridad en la noche. Tras varios años en el punto de mira de la justicia, el empresario fue finalmente absuelto.
Los seis antiguos investigadores del conocido como caso Cursach están siendo ahora juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) acusados de incurrir, en concreto, en supuestos delitos de detención ilegal, obstrucción a la justicia por presionar e intentar ablandar a varios investigados, prevaricación judicial a la hora de acordar arrestos y revelación de secretos al filtrar información mientras la causa se encontraba bajo secreto sumarial. Durante su intervención en la recta final del juicio, el fiscal ha anunciado que mantiene su petición de 118 años de cárcel así como de 121 años y nueve meses, respectivamente, para Penalva y Subirán, quienes se enfrentan a las mayores solicitudes de condena formuladas contra un juez y un fiscal en España.
Tanto los dos juristas como los cuatro miembros del grupo de Blanqueo de la Policía Nacional con quienes trabajaron codo con codo al frente del caso Cursach aseguran, sin embargo, que no cometieron ilicitud alguna para reforzar sus investigaciones y defienden tajantes la instrucción que llevaron a cabo, por lo que reclaman su absolución.
El sesgo de grupo “en la Alemania nazi”
Herranz, el mismo fiscal que al término del juicio contra Cursach manifestó entre lágrimas y sin contener la emoción que la instrucción del caso y posterior enjuiciamiento fue “un fracaso total de la Administración de Justicia”, se ha preguntado, durante su exposición en la fase de informes de la vista oral, “cómo es posible que un juez que gozaba de buena reputación, un fiscal especializado y un grupo de policías sin intereses en la causa cayeran en esta deriva”, en referencia a su supuesta actuación ilícita en el caso Cursach, que llegó a sumar más de un centenar de imputados, hasta cuarenta encarcelados y 45.000 folios y fue desinflándose poco a poco hasta quedar prácticamente dinamitado. Apenas unas piezas separadas sobreviven.
“No tenemos la respuesta de los acusados. Pero una posible explicación, y sin que suponga una disminución de su responsabilidad penal, nos lleva a acudir a la psicología de masas”, ha aseverado el representante del Ministerio Público, quien ha apuntado a las “múltiples muestras de la psicología de grupo que nos llevan a inferir que [los seis acusados] actuaban como una unidad y con sesgo de grupo”.
“Y el ejemplo más extremo de sesgo de grupo que podemos encontrar es el que les pasó a los habitantes de la Alemania nazi en los periodos previos a la Segunda Guerra Mundial. Un sesgo de grupo que se da cuando se produce una adhesión irreflexiva al actuar colectivo y siempre que el individuo no tenga la suficiente voluntad para cuestionarse qué cree y cuánto viene de la manipulación y la desinformación para caer en conductas atroces hacia sus semejantes”, ha apostillado.
E incidiendo en este aspecto, ha manifestado que “el individuo puede sentirse partícipe del alma colectiva, de un determinado grupo, lo que le puede llevar a actuar sesgadamente en sus decisiones”. “Por ello, para evitar el sesgo de afinidad, el juez debe estar atento cuando escucha la declaración de las partes, el testimonio de los testigos, la intervención de los peritos, especialmente en los casos con carga emocional, ideológica o política, como sucede en este caso”, ha añadido.
“Penalva no ponderó prudentemente ni decidió imparcialmente”
Al inicio de su intervención, Herranz ha citado las virtudes que, según Sócrates, deben imperar en un juez y de las que, a su juicio, carecía el antiguo instructor del caso Cursach: “Cuando el fiscal gira la vista y ve a una persona que era juez, ve que cuando menos le falta lo de ponderar prudentemente y decidir imparcialmente, porque no hacía ni lo uno ni lo otro. Penalva no ponderó prudentemente ni decidió imparcialmente”.
En este sentido, ha recriminado que el exjuez -quien fue apartado de la causa en marzo de 2018 por falta de apariencia de imparcialidad- “no tomó ninguna medida que impidiera que sus prejuicios y preferencias tuvieran impacto en sus decisiones, como queda recogido en el código ético de la carrera judicial”. “Desdeñaron todos los elementos contra sus tesis incriminatorias, las pruebas y las peticiones de diligencias que formulaban los investigados”, ha profundizado.
En esta línea, ha recalcado cómo “la Sala ha podido comprobar que Penalva tomaba las decisiones antes de que se produjeran determinadas declaraciones”, para, acto seguido, pasar a enumerar las prácticas supuestamente irregulares que desplegaron los seis acusados en una de las líneas de investigación del caso Cursach, el denominado 'caso ORA', relativo a la supuesta alteración del concurso para adjudicar el servicio de regulación del aparcamiento (ORA) en Palma.
Se trata de una pieza separada en la que, en octubre de 2016, fueron arrestados varios empresarios, los funcionarios que integraban la mesa de contratación del Ajuntament de Palma que tramitó el expediente y los padres y el hermano del exdiputado y exconcejal del PP Álvaro Gijón, a quien los ahora acusados atribuían haber obtenido la mitad de una comisión de un 1,2 millones de euros -la otra mitad, el exdirigente histórico de la formación José María Rodríguez- y un piso a cambio de amañar el concurso, unos hechos que había puesto sobre la mesa un testigo protegido que aseguraba que dentro del PP era “vox populi” la alteración del expediente y el cobro del soborno. Como ha recordado el fiscal Herranz, las pesquisas fueron finalmente archivadas ante la ausencia de indicios delictivos contra todos ellos.
“Me llaman el follapolíticos, el destrozacorruptos”
“El caso ORA fue prospectivo desde el inicio a raíz de la declaración inconcreta, el 4 de julio de 2016 y en otro procedimiento judicial, por parte del testigo 19, que, aunque no lo hubiese podido comprobar, lo sabía por que sí, sabía que dentro del PP era vox populi que el concurso se había adjudicado por interés de Gijón, que amañó el concurso a cambio de una comisión millonaria. Esto literalmente lo dijo delante de Penalva. Causa asombro que esto se escribiera siquiera. El juez tenía que haberle dicho: 'Cuando tengas algo en concreto, vuelve'. No había ninguna fuente de prueba, no era nada, ni siquiera una notitia criminis. Todo era 'se especula, se comenta, se dice'”, ha abundado Herranz.
En este contexto, el fiscal ha hecho mención al chat de WhatsApp que, bajo el nombre de Sancus, mantenían abierto los seis acusados mientras instruían el caso Cursach y que se convirtió en piedra angular de todas las pesquisas llevadas a cabo hasta el momento contra ellos. Entre las conversaciones, se lee cómo uno de los investigadores afirma: “Me llaman el follapolíticos, el destrozacorruptos, me los follo a todos”. A juicio de Herranz, con esta actuación, los acusados buscaban la dimisión de Gijón, cuya defensa reclama un millón de euros de indemnización, 150.000 para su hermano y 100.000 para sus padres -50.000 para cada uno- por los perjuicios sufridos durante la instrucción del caso ORA.
En un chat de WhatsApp que mantenían abierto el fiscal, el juez y cuatro policías nacionales se lee cómo uno de los investigados afirma: 'Me llaman el follapolíticos, el destrozacorruptos, me los follo a todos'
Y ha incidido Herranz respecto a aquellas investigaciones: “Queremos dejar claro que, desde el inicio de la prueba, ha quedado acreditado que el concurso de la ORA careció de cualquier irregularidad”. No en vano, el representante del Ministerio Público ha recordado que, a la hora de pedir el sobreseimiento de los investigados en el caso ORA, la Fiscalía realizó “un riguroso análisis de los indicios incriminatorios recopilados en instrucción”. “Todos, razonablemente, fueron desdeñados”, ha espetado.
Intimidaciones e ingresos en prisión “decididos de antemano”
En esta línea, ha apuntado a las actuaciones llevadas a cabo por los hoy procesados para supuestamente “intimidar” a los detenidos y a los testigos que declararon en el marco de aquella causa. “Todos son conscientes, ninguno de los acusados puede eludir su responsabilidad”, ha abundado el fiscal, insistiendo en que “no había voluntad de asumir la verdad”. “Había voluntad de sostenerla y no enmendarla”, ha incidido, recurriendo a la antigua locución castellana sostenella e no enmendalla contenida en El Quijote. “Cualquier cosa valía, no había rigurosidad, prudencia ni ecuanimidad; había inquina, predeterminación, sesgo”, ha dicho.
El fiscal ha aseverado, incluso, cómo los antiguos investigadores idearon que los imputados de la causa “se vendieran unos a otros” con el objetivo de obtener incriminaciones sin tan siquiera disponer de pruebas sólidas para ello. Para ello, ha abundado, elaboraban “fichas” con cada uno de los investigados para lograr distintos fines. Así, en el caso de uno de los arrestados, figuraba como “objetivo”: “Vender a Gijón y a Rodríguez. Que reconozca el pago de millón y medio de euros más un piso por la adjudicación del concurso”. Mediante este sistema, sostiene el fiscal, Penalva, Subirán y los policías nacionales pretendían sustentar su relato de acusaciones y alcanzar la cúspide política del PP. “Repugna al Ministerio Fiscal ver esto y a la Sala le debería repugnar”, ha proclamado.
En su escrito de conclusiones, Anticorrupción asevera que los investigadores “se habían fijado como meta demostrar la implicación de A.G. [en alusión a Álvaro Gijón] en los hechos objeto del procedimiento penal y entre todos ellos comentaron y decidieron las detenciones de su familia para ejercer presión sobre el político”. Asimismo, Herranz ha afirmado que las medidas de prisión provisional acordadas por Penalva contra los detenidos en el caso ORA “ya estaban decididas de antemano” y cómo, en el caso de uno de ellos, fue presionado con el objetivo de incriminar a Gijón. “Al no acceder a ello y sin disponer de nuevos elementos indiciarios de carácter inculpatorio, el juez lo envió a la cárcel”, ha relatado.
Respecto a otro de los investigados en el caso ORA, una vez finalizada su declaración, que se encontraba pendiente de firma, y cuando ya había salido su abogado de la sala, Herranz ha manifestado que el exjuez, el exfiscal y el subinspector Miguel Ángel Blanco (uno de los policías acusados) le manifestaron: “Diga que el señor Gijón recibió dinero”, “si llego a saber antes esta declaración yo le encierro”, “le vamos a meter en prisión y Gijón y ellos estarán en las Bahamas y se irán de rositas”. Según el fiscal, con base a lo declarado por aquel imputado, le insistieron en que Gijón era “un hijo de puta” y que el propio investigado “iba a acabar en la cárcel” si no implicaba al exconcejal en el amaño del concurso.
El hallazgo del chat 'Sancus'
Por otro lado, Herranz ha defendido la validez del chat 'Sancus', que los acusados consideran ilegítimo como prueba al considerar que el acceso al mismo se produjo de forma irregular y, por tanto, invalidaría las investigaciones llevadas a cabo a partir de entonces contra los dos juristas y los cuatro miembros de Blanqueo. Y es que, según las defensas, las conversaciones fueron obtenidas de modo ilegítimo del móvil de Iván Bandera, uno de los policías procesados. Sostienen, asimismo, que nunca se habría podido llegar hasta esta diligencia si varias semanas antes no se hubiera acordado otra medida que califican de “invasiva” e “indiscriminada: la intervención -declarada nula por el Tribunal Constitucional- de los teléfonos móviles de dos de los periodistas que cubrían las informaciones relativas a la causa por parte del juez Miguel Florit, quien buscaba averiguar de dónde procedían las filtraciones a la prensa de varias diligencias del caso Cursach declaradas secretas.
En este sentido, los procesados apuntan a que el rastreo de llamadas de los informadores condujo, inexorablemente, a la detención de Bandera y, con ello, al hallazgo del chat en una suerte de referencia a la conocida como ‘doctrina del fruto del árbol envenenado’, en virtud de la cual toda prueba obtenida de forma ilícita debe quedar invalidada, y con ella, si es necesario, el resto de pruebas relacionadas.
Frente a tales alegatos, la Fiscalía -y varios autos dictados por el TSJIB- señala que las pesquisas no arrancaron a partir de la incautación de los móviles de los periodistas ni con la localización del chat -un hallazgo que el Ministerio Público califica de casual-, sino que fueron iniciadas “con mucha anterioridad” y ya se disponía, por tanto, de elementos de investigación que apuntaban a Penalva y Subirán. No en vano, en julio de 2018 -varios meses antes de la intervención de los teléfonos-, los abogados de Cursach y de su número dos, Bartolomé Sbert, ya habían denunciado las supuestas filtraciones a la prensa, poniendo con ello en entredicho la instrucción del caso Cursach.
Previamente, la defensa de Penalva y Subirán ha mostrado su rechazo a las conclusiones de la Fiscalía por las que se mantienen las penas de cárcel para los antiguos investigadores del caso Cursach, calificándolas como “contrarias a derecho” al mantener alusiones al chat Sancus que habían sido anuladas por el tribunal. “Sigue sin suprimirse a pesar del mandato del tribunal. No se puede sustituir con un fosforito, que les da incluso más relevancia. Debe suprimirse y eso no se ha hecho”, ha manifestado el abogado. Al inicio de la sesión de este martes, Herranz había explicado que mantenía las referencias a los chats en su informe, aunque acatando el mandato, señalizándolas en otro color por si cabía recurso en el futuro.