Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El testimonio de una mujer que señala a Errejón: “Todo iba de sus ansias de dominar”
La jueza investigará si Quirón fue colaborador en el fraude de la pareja de Ayuso
Opinión - Errejón y los etcétera. Por Rosa María Artal

La Justicia confirma la condena a 12 años de prisión a un hombre por violar a una mujer con sumisión química en Palma

Una mujer sostiene una pancarta donde se lee la frase "No es un caso aislado, se llama patriarcado", en una manifestación contra la sumisión química.

Europa Press

22 de octubre de 2024 14:12 h

0

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) ha confirmado la condena a 12 años de prisión que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial impuso a un hombre que violó a una joven mediante sumisión química en Palma.

Según ha informado el TSJIB en un comunicado, la Sala de lo Civil y Penal también ha ratificado la imposición de una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima, a quien deberá indemnizar con 25.000 euros por las lesiones, secuelas y daños morales ocasionados.

El TSJIB se ha pronunciado de esta forma después de que la defensa del condenado recurriera la sentencia de la Audiencia al considerar que no había pruebas suficientes de que hubiera drogado a la víctima ni de que el acto sexual no fuera consentido. Según han dictaminado los magistrados del Tribunal, estos hechos sí han quedado probados y no pudo existir consentimiento pues la víctima, debido a su estado de embriaguez al sometimiento químico, “no estaba en condiciones de darlo”.

“La prueba practicada valorada en su conjunto acredita los hechos declarados probados y la participación en ellos del recurrente, lo cual es independiente de cómo se desencadena la decisión de denunciar e, incluso, del motivo original que movió al a víctima a hacerlo”, han subrayado los magistrados.

Tras la sumisión química y posterior violación, según la sentencia, el condenado le mandó un mensaje “claramente amenazante” a la víctima, en el que le decía: “Pórtate bien y si te portas mal te acuerdas de mí”.

Los jueces tampoco han admitido que el acusado viera vulnerado su derecho de defensa durante el procedimiento judicial, pues consideran que la prueba de cargo existente para no albergar dudas razonables sobre su culpabilidad. De cualquier modo, esta resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Etiquetas
stats