El Supremo avala la decisión de confinar a estudiantes en un hotel de Palma tras un macrobrote de COVID

Esther Ballesteros

Mallorca —
9 de diciembre de 2022 13:51 h

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El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la decisión del Govern balear de confinar a los estudiantes contagiados de COVID tras un macrobrote registrado durante su viaje de estudios en Mallorca en 2021. La sentencia del alto tribunal ha sido notificada este viernes a la Abogacía de la Comunidad Autónoma.

“Mantener el confinamiento de quienes dieron negativo en la PCR, a la espera de su confirmación, era una medida ajustada al principio de proporcionalidad si, además, la relacionamos con la peculiaridad de la crisis de la COVID-19, la experiencia de los recién regresados de los viajes de fin de curso y la situación concreta de los afectados”, subraya el tribunal en la resolución.

El Supremo confirma así la sentencia dictada en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) y desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal, que alegaba una vulneración de los derechos fundamentales de los confinados.

En la sentencia, los magistrados señalan que “no se discute que entre quienes ya habían vuelto después de finalizar su estancia en Mallorca estaban aflorando numerosos positivos”, si bien abundan en que “había base racional para presumir que los que todavía permanecían en la isla pudieran resultar contagiados y transmitir su contagio, dispersando el virus por otros territorios”.

Una circunstancia en la que, alegan, “era razonable pensar en vista de la experiencia de los recién retornados, por el tipo de actividades desarrolladas y la forma de comportarse de los afectados en estos viajes de final de curso en Mallorca”.

La decisión adoptada por el Ejecutivo autonómico llevó a varios progenitores a interponer una querella fruto de la cual el Juzgado de Instrucción número 12 de Palma acordó la imputación de la directora de Salud Pública, Maria Antònia Font, por prevaricación y detención ilegal, acusaciones de las que finalmente fue exonerada al no apreciarse la existencia de delito alguno en su actuación. Los padres de decenas de los alumnos afectados consideraban que se había aplicado un “criterio arbitrario e injustificado” a la hora de tomar la medida.

No hubo “abuso de autoridad”

“A la vista de la documentación existente en la presente causa recabada desde un inicio para investigar los hechos no se desprende que se hubiera actuado con abuso de autoridad o de forma arbitraria sino en todo momento fundamentado en un relato fáctico y conforme a una norma de salud pública”, aseveraba la jueza instructora de la causa en el auto con el que acordó sobreseer la causa contra Font, quien el 25 de junio de 2021 ordenó el aislamiento bajo custodia policial de más de 250 estudiantes.

Asimismo, remarcaba que el Código Penal únicamente castiga “los abusos de autoridad cometidos por funcionarios públicos” cuando detengan a una persona “privándole de su libertad con conocimiento de ello”, siendo el derecho penal “el medio para castigar las infracciones más graves del ordenamiento jurídico”.

Tras conocer el archivo del caso, la consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, se dirigió a la bancada del PP durante la sesión de control al Govern en el pleno del Parlament: “Me acuerdo de todas las críticas que ustedes hicieron tanto a la directora general como a nuestra gestión”, les manifestó. La presidenta del Govern, Francina Armengol, defendió, por su parte, que con la exculpación se hizo “justicia” y, en redes sociales, subrayó que Font hizo lo que “todos y todas pensábamos que debía hacerse para proteger la salud de todos y el conjunto de los ciudadanos”.