La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 18 años y 9 meses de prisión a dos mujeres que humillaron, vejaron y maltrataron a un transexual al que mataron de una paliza después de que éste las hubiera acogido en su piso porque se encontraban en situación de infravivienda.
La Sala considera probado que la víctima, Concepción G.O., quien se identificaba como hombre y se hacía llamar Roberto, era conocida de las dos condenadas, Dolores de los R.N. y su pareja Ainhoa N.B., quienes vivían en una chabola en las cercanías del parque sindical en Madrid.
Dolores pidió a Roberto que acogiera a la pareja durante un tiempo en su piso, en el que convivieron los tres sólos desde enero de 2007, cuando la pareja de Roberto abandonó la vivienda.
“Aunque durante estos primeros meses de enero y febrero del año 2006 la relación entre Dolores y Ainhoa era correcta, Concepción (Roberto), que era además, quien con sus propios ingresos sufragaba todos los gastos de la casa, sin recibir absolutamente nada de ellas, no deseaba que continuaran viviendo en su domicilio porque las consideraba excesivamente violentas y agresivas”, señala la Sala.
Sin embargo, aunque Roberto les pidió que abandonaran la vivienda, las acusadas continuaron allí y comenzaron a presionarle, realizando todo una serie de “vejaciones” sin que la víctima misma pudiera resistírse llegando incluso a obligarle a firmar el 1 de mayo del 2007, en un cuaderno escolar propiedad de Ainhoa, que “por voluntad propia autorizaba a ambas a permanecer en su casa hasta que consiguiesen su vivienda propia”.
Una vez que se hicieron con el control de la situación, las procesadas cambiaron la cerradura del piso, quedándose ambas con las llaves y sin darle una copia a Roberto, se apoderaron de su teléfono móvil contestando todas las llamadas que recibía, no le permitieron salir nunca solo de la casa y mantuvieron cerradas las persianas de la habitación en la que dormía para evitar una posible comunicación con los vecinos de la misma planta.
Tras una serie de coacciones que la Sala da por probadas, Dolores y Ainhoa comenzaron a golpear con frecuencia a Roberto, a imponerle castigos y humillaciones. “Toda esta situación produjo en Concepción (Roberto) una degradación física y psíquica que le mantenía prácticamente en un aislamiento absoluto. Perdió aproximadamente 40 kilos desde febrero del 2006 hasta el 1 de septiembre del 2007”, recuerda la Sala.
El juez da por hecho que la noche del 29 de agosto Dolores y Ainhoa pegaron a Concepción “con tal brutalidad” que falleció la madrugada del día 1 de septiembre del 2007 como consecuencia de los golpes que le propinaron en la cabeza.
VEJACIONES Y TORTURAS
La autopsia realizada al cadáver determinó que se trata de una muerte de etiología violenta y que la causa fundamental ha sido una parada cardiorrespiratoria debido a un traumatismo creneoencefálico. En este sentido, varios testigos relataron que para castigar a Concepción la habían metido en la bañera hundiéndole la cabeza debajo del agua hasta que se puso azul.
El desprecio con que las acusadas trataban a Concepción quedó acreditado por las manifestaciones de los vecinos, que relataron que oyeron peticiones de auxilio del transexual, así como el apoderamiento de todas las cosas de valor que había en el piso de su propiedad y el destrozo que efectuaron de muebles y otros objetos materiales que fueron recogidos por un pequeño camión que conducía una persona de etnia gitana.
Durante el juicio Dolores admitió las lesiones de Concepción (Roberto) justificando que se las causaron unos cabezas rapadas en una discoteca y que en las relaciones sexuales a ésta le gustaba que “la dieran un poquito”.
No obstante, el juez deduce que cuando Dolores y Ainhoa golpearon brutalmente a la víctima no tenían el propósito inmediato de matarla, pero asumieron y aceptaron la previsible muerte. “Todos los datos que hemos incorporado en la valoración de las pruebas desarrolladas nos indican cómo las acusadas en los meses que transcurrieron desde aproximadamente febrero o marzo hasta agosto y especialmente durante los tres meses de verano doblegaron la voluntad de Concepción utilizando contra ella todo tipo de maltrato y especialmente en lo que ahora nos referimos, golpes constantes en cuerpo, cabeza y cara”, agregó.
Además, que las acusadas a partir del mes de mayo aproximadamente no la dejaban salir sola de su domicilio y que cuando las dos acusadas salían juntas la dejaban encerrada, que la habían quitado el teléfono móvil y cuando aún lo tenía, eran ellas mismas quienes contestaban a sus llamadas, tanto en ese teléfono móvil como en el fijo, dando constantes excusas para que la misma no pudiera ponerse al teléfono. Tampoco pudo recibir visitas.
Asimismo, completaron este aislamiento físico arrancando los tiradores de las persianas de la habitación que ocupaba habitualmente Concepción para que siempre permanecieron bajadas y en modo alguno pudiera Concepción intentar algún tipo de comunicación con sus vecinos.
Por otro lado, también relatan humillaciones para violentar la sexualidad de Concepción, con las que consistieron en obligarla a dejarse grabar mientras que era depilada del vello masculino, que la misma había logrado incrementar como consecuencia del tratamiento hormonal que había seguido y que era obligada a vestir ropa femenina.
“A la vez y delante de ella les dijeron a los vecinos con tono despectivo para justificar una indumentaria que jamás llevó que últimamente le gustaban los hombres. Se jactaron también las acusadas que si querían, podían prostituirla y obligarla a una boda de connivencia”, agregó.
Por otro lado, entre las pruebas documentales aparecen varios escritos en los que Concepción González autoriza la entrega de 1.200 euros a Dolores cuando cobre la herencia de su padre y que le cede su vivienda con concepto de deuda, y otro en el que dice “si te dice algo de la cara de Conchi, dile que la han pegado en la calle por bocazas”.
Por último, el fallo esgrime que en el mismo momento del levantamiento del cadáver de Concepción, la preocupación de las acusadas no era otra que la de saber si podían continuar utilizando su piso.
Por todo ello, el tribunal condena a 15 años de prisión a Dolores y Ainhoa por asesinato con dolo eventual, un año de prisión por un delito contra la integridad moral y por delito de coacciones; un año y nueve meses de prisión y una de un año de prisión por delito de extorsión.