ANPE-RIOJA se ha sumado a las voces críticas con el proceso de oposiciones al Cuerpo de Maestros, al denunciar una “alteración sustancial” en la lista de interinos como consecuencia de la disparidad de criterios de aprobados entre los distintos tribunales.
El sindicato siempre ha pedido “la máxima objetividad, justicia y transparencia en dicho proceso”, lo que pasa por tribunales voluntarios, publicidad de criterios de evaluación, separación absoluta de las fases del proceso y uniformidad en las decisiones (aprobados) de los tribunales de las diferentes especialidades.
Sin embargo, ANPE considera que el primero de los criterios, tribunales ordinarios, ha sido negado en rotundo por la Consejería, mientra que la publicidad es un criterio que los tribunales intentan cumplir. En cambio, asegura que la separación de las fases del proceso y la uniformidad de los tribunales no se han llevado a cabo.
Y es que, al contrario de lo que ha sucedido, el sindicato defiende que se debería separar totalmente el número de aprobados de la fase de oposición y el número de plazas que se convocan, pues de lo contrario se distorsiona el concepto y finalidad que tiene dicha fase, que no es otro que “valorar la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente”, tal como señala la convocatoria.
ALTERACIÓN DE LAS LISTAS
Igualmente si no se actúa con dicho concepto y finalidad, se trastocan enormemente los derechos de los aspirantes afectados que han optado por trabajar de interinos si no son seleccionados, pues la superación de la primera prueba o de las dos de que consta la fase de oposición tiene trascendencia en la valoración de méritos para la lista de interinos.
Por ello, ANPE considera que se han vulnerado los requisitos de objetividad, justicia y transparencia, ya que, en la especialidad de Inglés, los tribunales, amparándose en la discrecionalidad técnica que les concede la Jurisprudencia, han optado por considerar aptos en la segunda prueba (después de que en la 1ª prueba lo hicieran con 28 aspirantes) al mismo número de aspirantes que plazas convocadas, ocho, cuando la propia convocatoria fija el sistema para ponderar las puntuaciones de la fase de oposición (2/3) y de la de concurso (1/3), antes de fijar la calificación final o global que se debe tener en cuenta para establecer el número de seleccionados en función de las plazas convocadas.
Por establecer un término de comparación válido, en la especialidad de Música, donde se convocaban el mismo número de plazas, ocho, los dos tribunales han considerado aptos en la 1ª prueba a 45 aspirantes y en la segunda a 20, cuando el número de aspirantes por tribunal era similar en todas las especialidades. Este mismo criterio (aprobar al que se lo merece, no aprobar en función de las plazas convocadas), ha sido la tónica dominante en el resto de tribunales y especialidades.
Así, el sindicato denuncia la alteración que ha habido en el orden de la lista de interinos con respecto a los criterios que regían la anterior, aprobada con consenso en la Mesa Sectorial de 2006. Además, esta lista ha sido modificada por los errores que contenía, pero estos persisten tras dicha modificación, según ANPE.