Aprobado el proyecto de Ley de Participación y Colaboración Ciudadana

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La portavoz del Gobierno de La Rioja, Begoña Martínez Arregui, ha informado hoy de la aprobación en Consejo de Gobierno del proyecto de Ley de Participación y Colaboración Ciudadana, “que regula el derecho a la participación ciudadana y los procesos de colaboración social, y establece las medidas de fomento e incentivo para promover su efectividad”.

“Para la redacción de este proyecto, el Gobierno de La Rioja emprendió un proceso abierto y participativo, con la finalidad de que los riojanos se convirtieran en protagonistas de esta norma”. Así, en 2017, la consejería de Presidencia celebró una consulta pública ciudadana, cuyos resultados fueron incorporados al primer borrador.

Posteriormente, se abrió un nuevo proceso consultivo más complejo que comprendió, entre otras medidas, una reunión de trabajo con los grupos parlamentarios; la constitución de una mesa de trabajo con entidades y colectivos y con los empleados públicos; y la apertura de un nuevo proceso de audiencia y exposición pública a través del canal participa del Gobierno de La Rioja.

“Lo que pretendíamos es que la Ley se ajuste a las demandas reales de la sociedad y sirva para que se produzca una transformación democrática real”, ha afirmado. De este modo, el texto definitivo de la norma incorpora las aportaciones y sugerencias realizadas durante el proceso, que ha permitido simplificar el texto del primer borrador y hacerlo más accesible para ciudadano. Tras su aprobación en Consejo de Gobierno, el texto será remitido al Parlamento de La Rioja para su tramitación.

La participación ciudadana, un derecho

Este proyecto de Ley consta de 42 artículos estructurados en cuatro títulos. El título preliminar recoge las disposiciones generales, en las que se definen los conceptos de participación ciudadana y colaboración social. Además, recoge las finalidades de la ley y sus principios rectores: universalidad; transparencia; gobierno abierto; responsabilidad; transversalidad; vertebración social; facilidad y comprensión; accesibilidad, no discriminación tecnológica y adaptación de medios y lenguajes; normalización de procesos de participación y colaboración y continuidad.

En el título I, se reconoce el derecho a promover procesos de participación ciudadana de todos los riojanos, así como de las personas extranjeras residentes en La Rioja y empadronadas en alguno de sus municipios. Un derecho extensible a los grupos representativos, tales como entidades colectivas; grupos de interés; organizaciones sindicales, empresariales y colegios profesionales; agrupaciones de personas físicas o jurídicas; grupos de reflexión y entidades locales.

Además, ha subrayado Martínez Arregui “con el fin de promover una participación más equitativa e inclusiva, contempla como titulares de este derecho a los niños, niñas y adolescentes y los miembros de la comunidad riojana en el exterior”. Asimismo, “la Administración regional se compromete a incorporar en los distintos procesos participativos y de colaboración medidas de inclusión, accesibilidad y adaptación de medios y lenguaje para facilitar el acceso a los colectivos con discapacidad”, ha afirmado.

En este apartado, se contemplan los censos de participación ciudadana, abiertos tanto a la ciudadanía como a los grupos representativos, donde de forma voluntaria se inscribirán aquellos ciudadanos que quieran participar de una forma más intensa.

Procesos de participación y colaboración

El título II detalla que los procesos de participación y colaboración ciudadana adoptarán la forma de iniciativas y define los ámbitos sobre los que se podrán articular estas iniciativas y los canales mediante los que se podrá realizar.

Por otro lado, la Ley determina la elaboración de un programa anual de participación ciudadana, que contendrá las iniciativas que se pretendan desarrollar durante el ejercicio y las medidas e instrumentos que se pondrán en marcha para fomentar dichos procesos.

Los procesos de participación serán iniciados de oficio por la administración regional o a iniciativa ciudadana, para lo que se elaborará el acuerdo básico de la iniciativa ciudadana, donde se definan los objetivos, el público objetivo, la eficacia pretendida por el proceso participativo, la duración del proceso, y los instrumento y canales que se utilizarán, entre otra información. Este documento se publicará en la web del Gobierno de La Rioja y en el BOR.

Instrumentos de participación ciudadana y colaboración social

Respecto a los instrumentos para hacer efectiva la participación ciudadana, el proyecto de Ley se refiere a:

Consultas públicas no referendarias: cuando la Administración consulte a un determinado colectivo de personas sobre asuntos o políticas públicas que sea de su competencia. Estas puede ser a iniciativa del presidente del Gobierno de La Rioja; del 10% de los ayuntamientos de la CAR que representen en conjunto al 10% de los electores del último censo electoral publicado o a iniciativa ciudadana tras presentar un conjunto de firmas que supongan el 2% de los electores del último censo electoral publicado.

Encuestas: podrán pedir la celebración de una encuesta ciudadana un conjunto de ciudadanos que represente el 1% de la población.

Iniciativa reglamentaria popular, que requerirá el apoyo mínimo del 2% del último censo electoral.

Presupuestos participativos, con el fin de que la ciudadanía pueda marcar prioridades sobre aspectos puntuales en las partidas de gasto.

Junto a estos instrumentos, la nueva norma prevé otros mecanismos como las audiencias públicas; los foros de participación, paneles ciudadanos, jurados ciudadanos y los núcleos de intervención participativa, así como la participación en la elaboración de leyes y reglamentos.

Respecto a la colaboración social, el título tercero alude al desarrollo de entornos colaborativos que sirvan para generar dinámicas de intervención combinada de recursos públicos y privados para favorecer la suma de esfuerzos en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas. Así, contemplan dos nuevas figuras como son las redes de actores y las comunidades de usuarios y usuarias.