La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a nueve años de prisión a una mujer que mantuvo encerrada bajo llave en el trastero de un cortijo de Pampanico (El Ejido) durante casi un año a una anciana de 80 años con demencia senil, quien tuvo que ser hospitalizada durante 12 días debido al grave deterioro que el trato sufrido ocasionó en su salud.
La sentencia de la Sección Tercera considera a esta vecina de Fiñana, de 57 años, autora de un delito de detención ilegal y otro contra la integridad moral con el agravante de abuso de autoridad, por los le impone siete y dos años de cárcel, respectivamente, y el pago de una indemnización a la víctima de 60.000 euros.
Según se recoge en el fallo, la procesada, a la que la magistrada atribuye un “total desprecio de la dignidad humana” en sus actos, mantuvo confinada a la anciana en un pequeño habitáculo, sin luz y ventilación y destinado a guardar aperos de labranza, desde septiembre de 2004 y diciembre de 2005.
La víctima, a la que impedía salir al exterior y relacionarse con otras personas, sufrió además “graves padecimientos físicos y psíquicos” debido al trato vejatorio dispensado por la mujer, que derivó en un “severo deterioro” y por el que no podrá acercarse a ella a menos de 500 metros en los próximos cinco años.
La magistrada considera probado que la condenada “humilló y envileció” a la anciana, a la que, a pesar de la diferencia de edad y estado de salud, empujaba para que la obedeciese y en la que generó “sentimientos de angustia, miedo e inferioridad”.
A la víctima, una vez trasladada hasta el Hospital de Poniente de El Ejido, se le diagnosticó deshidratación, anemia, conjuntivitis bacteriana y diversos arañazos, además de un deterioro cognitivo grave debido a su incomunicación con el entorno social.
El fallo impone, asimismo, una pena de 12 meses de multa a razón de seis euros al día a un amigo personal de la vecina de Fiñana, a quien considera autor de un delito de omisión del deber de denunciar y de impedir delitos, ya que, tal y como reconoció en el acto de juicio oral, era consciente del trato que ésta dispensaba a la anciana.
El hombre, según sostiene la magistrada, acudía con frecuencia al cortijo pese a lo que reaccionó de “manera aquiescente” con la situación sin adoptar medida alguna tendente a ponerle fin y sin que existiera para él un estado de peligro que le impidiera formular la denuncia.