Tras la aprobación ayer por parte del Consejo de Ministros del Real Decreto-ley que amplía la cobertura y prorroga el plazo de solicitud de las moratorias financieras para paliar los efectos económicos de la COVID-19, la delegada del Gobierno en La Rioja, María Marrodán Funes, ha destacado que “se refuerza el escudo social de la ciudadanía y se convierte en una medida importante para las personas, trabajadores autónomos vulnerables y empresas del sector del turismo y el transporte porque va dirigida fundamentalmente a paliar los efectos económicos de la Covid 19”.
Marrodán ha comentado que “el objetivo de esta norma es aliviar la carga financiera, contribuir a la solvencia y ampliar hasta el 30 de marzo la posibilidad de solicitar moratorias”. Asimismo, los hogares, trabajadores autónomos vulnerables y empresas de los sectores del turismo y el transporte podrán aplazar hasta un total de nueve meses el pago del principal y los intereses de sus préstamos con y sin garantía hipotecaria.
Además, la delegada ha concretado que las moratorias ya concedidas no se verán alteradas, si bien quienes se hayan beneficiado de un aplazamiento anterior podrán solicitar uno adicional por un periodo máximo acumulado entre ambos de nueve meses.
Beneficiarios
En el caso de los créditos hipotecarios, podrán solicitar una moratoria quienes estén pagando cuotas hipotecarias por la adquisición de su vivienda habitual, local en el que desarrollan su negocio o vivienda destinada al alquiler en la que hayan dejado de percibir cuotas de su inquilino debido al estado de alarma.
Por su parte, la moratoria de préstamos sin garantía hipotecaria permite la suspensión temporal de las obligaciones derivadas de préstamos o créditos al consumo, créditos asociados a tarjetas de pago, leasing, factoring o cualquier tipo de contrato de financiación con cuotas o liquidaciones periódicas al que esté haciendo frente cualquier consumidor o autónomo que se encuentre en situación de vulnerabilidad.
Se considera que una persona o autónomo se encuentra en situación de vulnerabilidad si concurren de forma conjunta las siguientes condiciones: si pasa a estar en desempleo o, siendo autónomo, ha sufrido una caída en sus ventas de al menos el 40%; si el conjunto de los ingresos no supera en el mes anterior a la solicitud de moratoria el límite de tres veces el IPREM, que se incrementa cuando concurren circunstancias, como la tenencia de hijos, que suponen una vulnerabilidad agravada; si la cuota de préstamos hipotecarios más los gastos y suministros básicos supera o iguala el 35% de los ingresos netos de su unidad familiar; y si, como consecuencia de la emergencia sanitaria, el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar se ha multiplicado por al menos un 1,3.
Las empresas del sector del turismo podrán solicitar una moratoria de los préstamos con garantía hipotecaria de los inmuebles destinados al desarrollo de su actividad como hoteles, alojamientos turísticos y locales de agencias de viajes.
En relación con el sector del transporte, las empresas dedicadas al transporte público de mercancías y transporte discrecional de viajeros en autobús podrán aplazar los pagos del principal de las cuotas de sus préstamos, leasing o renting de vehículos.
Hasta el 31 de diciembre de 2020, se han concedido un total de 1.380.585 moratorias, incluyendo tanto las que provienen de las normas aprobadas por el Gobierno como las aplicadas por el sector financiero.
Las moratorias legales han permitido el aplazamiento de 220.000 créditos hipotecarios de personas físicas, 1.362 créditos hipotecarios de autónomos y empresas del sector del turismo, 363.176 préstamos sin garantía hipotecaria y 1.661 contratos de leasing y factoring de empresas del sector del transporte.
Por su parte, las entidades financieras han concedido al amparo de sus convenios sectoriales el aplazamiento del pago del principal de 794.386 préstamos.