FSP-UGT no firmará el convenio de la Fundación Hospital Calahorra

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La Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT de La Rioja ha decidido no firmar el Convenio de la Fundación Hospital de Calahorra (FHC) porque en su opinión es “insuficiente” y supone “un agravio comparativo” con respecto a las condiciones laborales del resto de trabajadores de la Sanidad de La Rioja.

La firma del Convenio está prevista para este viernes, a las 10 h., en el CIBIR (Centro de Investigación Biomédica de La Rioja).

FSP-UGT de la Rioja considera que los trabajadores de las Fundaciones sanitarias son los más desfavorecidos dentro de la Sanidad riojana, tanto a nivel retributivo como en cuanto a permisos y licencias, algo que, en su opinión, es “indispensable” para conseguir calidad en el empleo y una mayor conciliación de la vida familiar y laboral para estos profesionales. Lo argumenta en cuatro puntos:

1-Existe, entre otras, una merma retributiva en cuanto al concepto de Nocturnidad y Alternancia de jornada (esto es, la variación entre el turno de mañana y de tarde). Una enfermera de la Fundación Hospital de Calahorra y Fundación Rioja Salud cobra un 21% menos que una enfermera del SERIS por trabajar de noche, la diferencia para los Técnicos de Radiología es de un 26% menos y de un 32% para los Técnicos Especialistas en Cuidados de Enfermería.

2-El Convenio es aplicable a las dos Fundaciones que existen en la Rioja Fundación Hospital de Calahorra y Fundación Rioja Salud, pero no iguala las condiciones laborales de los trabajadores en ambas Fundaciones, ya que han quedado fuera del mismo las mejoras retributivas conseguidas anteriormente por el Acuerdo de Empresa de Compensación por Razón de Servicio, mejoras (indemnización por gasto de transporte, dietas...) que en el caso de los trabajadores del Hospital de Calahorra ya las venían cobrando con anterioridad y las van a seguir cobrando. No así los de Rioja Salud, a pesar de que la mayoría tendrían derecho a la percepción de estos conceptos porque las distintas unidades (Banco de Sangre, Unidad de Mama móvil...) realizan diariamente su labor fuera de los municipios.

La Compensación por Razón de Servicio es la cantidad que se abona al trabajador que se desplaza de forma habitual dentro de su jornada de trabajo a otros municipios ubicados dentro de la zona de influencia de la Fundación para la prestación de la actividad asistencial.

3-El Convenio no supone ningún avance en materia de Prevención de Riesgos Laborales; materia ésta, que para UGT de La Rioja (y en concreto para la FSP) supone un pilar fundamental para conseguir una mayor calidad en las condiciones laborales de los trabajadores.

4-En cuanto a materia de Igualdad no se consigue arrancar a la Administración ningún tipo de concreción en cuanto a fechas para la puesta en marcha del Plan de Igualdad.

Todos estos agravios comparativos se hubiesen solucionado si se hubiese producido, como solicitó FSP-UGT, la integración de estas Fundaciones dentro del Servicio Riojano de Salud. De esta forma desaparecerían todo este tipo de desigualdades existentes entre los trabajadores de la Sanidad Pública Riojana.

Además, se conseguiría una mayor calidad asistencial para los ciudadanos encuadrados dentro de la zona de influencia de ambas Fundaciones, ya que se mitigaría el problema de falta de facultativos existente a nivel nacional pero agudizado de forma importante en las Fundaciones, y al que la Administración ha pretendido dar solución con la publicación del Decreto de Segundo Puesto Publico, que permite a los profesionales del Servicio Riojano de Salud prestar servicios en las Fundaciones.