El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha suspendido durante tres años prorrogables a cinco, las actividades de las formaciones abertzales D3M y Askatasuna al aceptar los argumentos presentados por la Fiscalía, que solicitó al juez esta medida al considerar probada la “instrumentalización” de ambas marcas electorales “por la organización ilegal ANV-Batasuna y su incardinación en el complejo terrorista ideado y liderado por ETA con la finalidad de cubrir el frente institucional” de la banda.
En un auto hecho público ayer por la noche, Garzón suspende “todas y cada una de las actividades que hasta el día 1 de marzo pudieran desarrollar” ambas formaciones y advierte a los responsables de los dos partidos de la obligación --“bajo apercibimiento de desobediencia a la autoridad judicial”, dice-- “de abstenerse de realizar cualquier acto electoral, convocatoria o ruedas de prensa.
Así, el juez prohíbe de forma expresa que los miembros de Askatasuna y D3M realicen durante el periodo electoral llamamientos al voto nulo u ofrezcan sus papeletas de forma pública incitando a que sean utilizadas el día de las elecciones. Destaca de hecho, que su decisión de suspender a las formaciones se debe a que la anulación de listas dictada por el Tribunal Supremo “no es suficiente porque aún podrían desarrollar actos de alteren o perturben el orden electoral”.
Garzón ordena además la clausura de las sedes de las dos formaciones y el embargo de las cuentas, suspende la capacidad de ambas de participar como partidos, organizaciones o grupos en cualquier actividad de ámbito nacional o internacional y suspende su capacidad de convocar manifestaciones, concentraciones o cualquier acto público o de asistir a los mismos. Tampoco podrán realizar actividades propagandísticas, instalar signos o utilizar espacios públicos.
Por todo ello, el juez da orden a la Comisaría General de Información para que identifique las sedes, locales y centros de los que son titulares tanto Askatasuna como D3M y comunica a la Consejería del Interior del Gobierno Vasco y a la Jefatura Superior de Policía de Pamplona que ambas tienen prohibido manifestarse con el fin de “hacer efectiva esta medida ejecutiva”.
Los dos partidos no podrán tampoco realizar actividades financieras ni llevar a cabo operaciones bancarias o disponer de bienes. El juez suspende además la capacidad de sus miembros de ser titulares en instituciones, fundaciones o asociaciones y cancela las páginas webs de ambas.
El juez considera a Askatasuna una “marca propia de ETA” creada para “poder ser accionada en cualquier momento”. Destaca que este partido, que apareció como formación política en 2001, “se constituyó para garantizar la presencia de la izquierda abertzale en el Parlamento Vasco” y que, de hecho, sus estatutos fueron redactados por la misma mano que los de Euskal Herritarrok.
“Nunca se la dotó ni se la quiso dotar de los elementos básicos de los dispone todo partido político”, dice y añade que la formación carece de sede, órganos que desarrollen actividades, iniciativas o militantes.
Garzón menciona, además, la declaración policial realizada por el miembro de ETA Jokin Aranalde, que reconoció que había formado parte de la candidatura de Askatasuna y especificó que fue creada por la izquierda abertzale para paliar los efectos que pudiera tener la posible ilegalización de Herri Batasuna.