La Justicia anula el cambio de fecha de los plenos de Calahorra que coincidía con los del Congreso, donde participa Elisa Garrido

Rioja2

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El juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Logroño ha dictado sentencia 83/2024 en relación a la denuncia interpuesta por la portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Calahorra, Elisa Garrido Jiménez, el pasado 7 de febrero contra el acuerdo del Pleno Municipal que cambiaba a los martes la celebración de los plenos coincidiendo con los del Congreso de los Diputados, del que forma parte Garrido.

La sentencia considera ilegal y declara nulo el acuerdo adoptado por el pleno al cambiar la fecha de celebración del mismo. Una opinión que coincide con la mostrada por el Ministerio Fiscal, ya que es una cuestión reconocida la compatibilidad de los cargos de diputada y concejala. Es decir, Garrido tiene derecho a asistir a las sesiones tanto del Pleno del Ayuntamiento, como del Congreso de los Diputados, lo que impedía el acuerdo.

El cambio de fecha salió adelante con los votos a favor de PP y VOX, la abstención de Izquierda Unida y el voto contrario del PSOE y suponía cambiar la fecha tradicional y acordada de celebración de los plenos (los lunes últimos de cada mes) por los martes, lo que para el PSOE “en una clara intención de hacerlos coincidir con los plenos del Congreso de los Diputados y que Elisa Garrido no pudiera asistir al pleno del Ayuntamiento”.

Además, el pleno de marzo, al que la concejala socialista sí hubiera podido asistir porque no había pleno en el Congreso ese martes, se adelantó cinco días a través de una Junta de Portavoces urgente, de manera que volvió a coincidir con el pleno del Congreso del jueves 21 de marzo convocado a petición del PP

La sentencia condena al Ayuntamiento al pago de las costas

La sentencia reconoce el derecho que garantiza tanto el acceso igualitario a las funciones y cargos públicos, como que los que han accedido a los mismos se mantengan en ellos y los desempeñen de conformidad con lo que la ley disponga. Y también refleja el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, a través de sus representantes legítimamente elegidos.

Así, declara nulo el acuerdo de enero por lo que los plenos volverán a ser el lunes, según estaba acordado en el pleno de organización y condena al Ayuntamiento de Calahorra al pago de 600 € en concepto de costas.