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La justicia condena al Gobierno de La Rioja a compensar a un tractorista de Agricultura que cobraba como una categoría inferior

Tractor, en una imagen de archivo

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El Juzgado de lo Social Número 2 de Logroño ha fallado recientemente a favor de UGT Servicios Públicos en un caso que, para el sindicato, “sienta precedente sobre los derechos retributivos de los empleados públicos que desempeñan funciones de una categoría superior a la reconocida en su contrato”.

En concreto, la sentencia da la razón a la reclamación presentada por un trabajador que, pese a desempeñar funciones propias de la categoría profesional de tractorista para el Gobierno de La Rioja, estaba percibiendo únicamente el salario correspondiente a la categoría inferior de operario especializado de agricultura. Los delegados sindicales de UGT Servicios Públicos, tras constatar la existencia de esta irregularidad, trasladaron la situación a los servicios jurídicos del sindicato, quienes demostraron que realizaba funciones que excedían las recogidas en su categoría contractual.

La resolución judicial condena a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente a abonar al trabajador afectado la cantidad de 1.836 euros en concepto de diferencias salariales, calculadas con un año de retroactividad desde la fecha de interposición de la demanda, además de los intereses moratorios correspondientes al 10%. Esta victoria no solo supone una reparación económica para el trabajador, sino que también representa un reconocimiento explícito de su derecho a ser retribuido conforme a las funciones realmente desempeñadas.

UGT Servicios Públicos valora muy positivamente esta sentencia, “reafirmando su compromiso firme con la defensa de una remuneración justa, adecuada y acorde al trabajo efectivamente realizado”. UGT recuerda que “no se trata de un caso aislado: existen otros empleados públicos en la misma situación y, de hecho, hay varios procedimientos pendientes de resolución que afectan a trabajadores que han venido desarrollando funciones de categorías superiores sin percibir la compensación económica que por derecho les corresponde”.

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