La “bajada de bandera” de los taxis, 2,94€

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El Gobierno de La Rioja ha aprobado la Orden por la que se regula el régimen tarifario aplicable en los límites de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el transporte público interurbano discrecional de viajeros por carretera prestados por vehículos de menos de 10 plazas (licencias VT). En La Rioja, existen 163 licencias de taxi interurbano.

Con esta orden se actualiza las tarifas de los taxis interurbanos que, desde 2009, fecha de la anterior orden ministerial, no se habían modificado. Las nuevas tarifas entrarán en vigor una vez el Boletín Oficial de La Rioja publique la nueva orden.

Asimismo, el Gobierno de La Rioja recoge las principales demandas del sector, aplicando la subida del IPC a las tarifas existentes hasta la fecha. Así, el precio del mínimo de percepción de la carrera (concepto similar al popular de ‘bajada de bandera’) se establece en 2,94 euros (en la actualidad es de 2,82 euros) y fija en 0,53 euros el precio del kilómetro recorrido (dos céntimos por encima del importe actual en horario diurno.

Una vez el importe de los kilómetros recorridos en la carrera supere el del mínimo de percepción, los taxis interurbanos facturarán por kilómetro recorrido.

La orden establece además el importe de la hora de espera, que se sitúa en 13,45 euros (en la actualidad es de 12,92 euros), computable en fracciones de 15 minutos a razón de 3,36 euros por fracción.

En caso de que el servicio se oferte en horario nocturno o festivo local, autonómico o nacional, en sus 24 horas, el precio del kilómetro de la carrera se elevará hasta los 0,63 céntimos mientras que la hora de espera asciende a 16,13 euros (4,03 por cuarto de hora).

Igualmente, se ha determinado la vigencia de los horarios diurnos, entre las 6.00 y las 23 horas de los días lectivos, mientras que los horarios nocturnos regirán entre las 23.00 y las 6.00 horas.

La Orden señala que los usuarios del servicio tendrán derecho al transporte gratuito de su equipaje hasta un máximo de 50 kilos, para los servicios realizados en utilitarios de cuatro pasajeros, y de 60 kilos, en el resto de vehículos. En caso de que no se utilicen todas las plazas disponibles, se podrá aumentar el peso del equipaje a razón de 30 kilos

por plaza liberada. Los excesos de equipaje se abonarán a razón de cinco céntimos por kilómetro recorrido por cada 10 kilogramos se sobrepeso.