La Justicia suspende el límite de aforo en comercios al 33% y el cierre a las 17 horas
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR ha acordado conceder la cautelarísima a la Federación de Empresarios de Comercio y suspende la medida aprobada por el Consejo de Gobierno de La Rioja de restringir el aforo de los locales comerciales al 33% en toda la comunidad autónoma cuando estén en los niveles sanitarios 4 y 5. El tribunal establece que mientras esté vigente esta suspensión la limitación de aforo para estos establecimientos será del 50% para los mencionados niveles 4 y 5.
La Sala también ha concedido la cautelarísima en cuanto al horario de cierre de los locales comerciales de las localidades de Calahorra, Nájera, Alfaro y Pradejón. Suspende la obligación de cerrar a las 17.00 horas y establece que durante la suspensión puedan cerrar según los horarios generales aplicables durante el nivel 5 a las actividades de riesgo medio que se señala en el Plan de Medidas según Indicadores (PMI).
Las razones que la Sala esgrime en su auto para adoptar las cautelarísimas es que éstas no causan perjuicio al interés general y porque se esta manera se evita la pérdida de la finalidad que tiene el recurso.
El Tribunal notificará el auto al Gobierno regional sobre el que presentará alegaciones. Después, la Sala de lo Contencioso Administrativo decidirá si mantiene, modifica parcialmente o revoca lo acordado.
El Gobierno de La Rioja ha adelantado a Rioja2 su “absoluto respeto” esta resolución judicial, que muestra, “una vez más, que la gestión de la pandemia está sometida al imperio de la Ley, como no puede ser de otra manera en un Estado de Derecho”.
Añaden que el diseño del Plan de Medidas se ha realizado con criterios técnico-sanitarios y que los servicios jurídicos están estudiando la cuestión para ver cómo se actúa “en defensa, siempre, del interés general”.
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