La Policía Local de Logroño ha iniciado esta semana una campaña informativa dirigida a la hostelería para explicar la fórmula de cálculo del aforo de los locales, de acuerdo con la reciente modificación de la Ley de Espectáculos Públicos de La Rioja.
Esta campaña informativa que se está llevando a cabo en los locales de hostelería tiene la finalidad de poner en conocimiento a este colectivo cómo se va a calcular el aforo máximo de los establecimientos y determinar, según la nueva normativa autonómica, el número máximo de personas que pueden acomodarse en el interior de los locales, conforme a las restricciones establecidas por la COVID-19.
Así, según la reciente modificación de la Ley de Espectáculos Públicos de La Rioja, los locales deben disponer de manera visible al público el aforo máximo del establecimiento.
Los locales que no lo tengan ya determinado en su licencia de actividad tienen que solicitar al Ayuntamiento antes del día 1 de julio la modificación de la licencia para incluir en la misma el aforo máximo del local.
En los locales que actualmente no tengan determinado el aforo deberán seguir el criterio marcado por esta Ley, que establece para su cómputo una persona por cada dos metros cuadrados útiles al público (descontando barras, almacenes, pasillos, vestíbulos, aseos, cocinas, etc.).
A partir de ese número máximo, se calculará la cantidad de personas que pueden permanecer en el interior según la normativa COVID que esté vigente en ese momento (1/3, 50%...) y que permita el manteniendo de las distancias mínimas de seguridad.
La Policía Local recuerda que las personas que regentan estos establecimientos, “tal como vienen realizando hasta la fecha con un alto grado de responsabilidad”, deberán “velar por el cumplimiento del número máximo de personas en el interior y de las distancias mínimas entre sillas de diferentes mesas, de 2 metros en el interior y de 1,5 en el exterior”.