El consejero de Gobernanza Pública, Francisco Ocón, ha comparecido este jueves en el Parlamento de La Rioja a petición propia para explicar la puesta en marcha de los procedimientos de lesividad contra varios convenios suscritos por el anterior Ejecutivo con varios ayuntamientos.
Según ha indicado el Gobierno regional en una nota, la gestión realizada por el anterior Ejecutivo entre el 2 de julio y el 14 de agosto de 2019, cuando formalizó 16 convenios con 15 municipios por importe total de 4.114.429,94 euros, fue “pésima” y ha originado el inicio de estos procedimientos de lesividad “para defender el interés general”, ha explicado Ocón.
El Consejo de Gobierno autorizó el pasado 3 de junio la puesta en marcha de los procedimientos de lesividad, tras “observar notables irregularidades sobre los procedimientos empleados por el anterior Gobierno de La Rioja, que suscribió estos convenios cuando ya se encontraba en funciones”.
Durante este periodo, el titular de la Consejería de Fomento y Política Territorial suscribió un total de dieciséis convenios con los Ayuntamientos de Berceo, Tudelilla, Manzanares de Rioja, Leza de Río Leza, Ajamil de Cameros (Torremuña y Larriba), Ocón, Nalda, Casalarreina, Cirueña, Tobía, Alcanadre, Bobadilla, Huércanos, Sojuela y Viniegra de Arriba, en virtud de los cuales “a estos Ayuntamientos se les concedía de forma directa subvenciones para la realización de diferentes obras, ninguna de ellas de carácter urgente”.
Según ha explicado el consejero de Gobernanza Pública, el inicio del proceso de lesividad se encuentra sustentado “en notorias irregularidades” en torno a los siguientes ejes básicos:
Por un lado, la Ley 8/2003 del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros “impide que un Ejecutivo en funciones asuma compromisos de gasto que anulen la capacidad de gestión futura, especialmente cuando ninguna de estas obras tienen carácter urgente o son de interés general para los ciudadanos”. De hecho, limita su actuación al despacho de asuntos ordinarios. “Lo sabían y aún así decidieron firmarlos a toda prisa”, ha explicado.
En segundo lugar, cinco estos convenios, cuyos beneficiarios fueron los Ayuntamientos de Ajamil de Cameros (con intervenciones en Larriba y Torremuña), Nalda, Alcanadre y Huércanos, no estaban reflejados en el Plan Estratégico de Subvenciones 2018-2020, “pese a ser requisito esencial y previo a la concesión de cualquier subvención”.
Además, para los 11 convenios restantes sí incluidos en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Política Local 2018-2020, “se saltaron toda la planificación establecida; se reprogramaron sus presupuestos de ejecución, las cuantías de subvención y su distribución plurianual, de modo que aumentaron el porcentaje de financiación de la Comunidad en un 37,43%”, ha expuesto. De hecho, “llevaron la mayor carga presupuestaria al ejercicio 2020, uno de ellos incluso al ejercicio 2021, hipotecando conscientemente a la Comunidad, a los riojanos y a los futuros gobiernos”.
En este sentido, “tanto la Oficina de Control Presupuestario como la Intervención General ya le advirtieron en sendos informes de que la firma de estos convenios no contaba con la necesaria suficiencia presupuestaria”, ha relatado Ocón.
De hecho, “el Consejo de Gobierno tuvo que aprobar con fecha 20 de junio de 2019 una modificación de 4,5 millones de euros para afrontar los compromisos adquiridos, detrayendo fondos de las Consejerías de Fomento y Política Territorial y de Desarrollo Económico e Innovación procedentes de partidas destinadas a otras finalidades públicas para dotar de crédito al Fondo de Cooperación Local”, ha explicado.
E igualmente, “la Oficina de Control Presupuestario también alertó del elevado grado de discrecionalidad de la concesión de subvenciones articuladas mediante estos convenios, sin suficiente motivación y justificación, comprometiendo gastos para ejercicios futuros de elevado importe”.
Por todo ello, “con el objetivo de salvaguardar el interés general, hemos iniciado del procedimiento de lesividad preceptivo a su posterior anulación, porque consideramos que este procedimiento es el más adecuado para abrir un proceso de consulta y negociación con los ayuntamientos para alcanzar acuerdos con ellos, ya que somos conscientes de que éstos no son responsables de la mala práctica en la que haya podido incurrir el anterior Gobierno regional”, ha garantizado en su intervención.
El procedimiento de lesividad está regulado por el artículo 107 de la Ley 39/2015 y por el artículo 49.1 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que permite declarar lesivos para el interés público los actos favorables para los interesados que sean anulables a fin de proceder a su ulterior impugnación ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
La declaración de lesividad comprende todo el procedimiento necesario para la revisión de los actos, desde la declaración de inicio del procedimiento, hasta la impugnación de los actos ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.