El Fiscal solicita una pena total de 4 años y medio para dos personas, un promotor inmobiliario y un arquitecto, por un delito de estafa al vender 26 viviendas en Lardero sin llegar a terminar las obras de construcción.
Según el escrito del Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, uno de los acusados junto a su hijo (quien nunca realizó acto alguno de gestión, dirección o representación de la empresa) constituyeron una mercantil en 1999 cuyo objeto social era la promoción, construcción y venta de inmuebles.
Un año más tarde, el acusado adquirió varios solares en Lardero para iniciar la construcción de una promoción de viviendas con garajes y trasteros, conocida como urbanización Las Encinas. Unas obras que se ejecutarían “conforme al proyecto redactado por el arquitecto”.
La actuación constaba de dos fases, una con veinte viviendas (seis apartamentos, nueve dúplex y cinco adosados, con zona verde, piscina garajes y trasteros) y otra con seis (tres adosados, dos dúplex y una vivienda piso con trastero y garaje). Tras recibir un prestamos hipotecarios de 901.518 euros para financiar la construcción de las primeras veinte viviendas, posteriormente se le concedió otro de 270.455 euros para las últimas seis viviendas.
A partir del año 2000, la mercantil concertó contratos privados de compraventa de las viviendas y se vendió a 26 propietarios. Aunque, finalmente, en el año 2003, la mercantil informó a los compradores de que “se había abandonado la obra y la imposibilidad de continuar la promoción”.
Así las cosas, la promoción estaba sin terminar aunque los compradores habían abonado las cuotas convenidas y las certificaciones de obras realizadas por el arquitecto habían servido de base para la disposición del préstamo hipotecario.
Además, y según el escrito judicial, el promotor inmobiliario le pidió al arquitecto que, para realizar las certificaciones de obra, “no hiciera medición exacta de los trabajos realizados”. La finalidad era “obtener mayor liquidez para la mercantil teniendo en cuenta la vinculación entre el capital de los créditos hipotecarios y las certificaciones de obra que se emitían a costa de que las obras realmente ejecutadas fueran cuantitativamente menores”.
La obra fue continuada por otra empresa constructora y los compradores tuvieron que hacer frente a las nuevas certificaciones de la obra. Por todo ello, la comunidad de propietarios reclama la indemnización que le corresponda por las cantidades desembolsadas para sufragar el sobre costo de la obra.
Para el Fiscal estos hechos son constitutivos de un delito de estafa, cualificado por recaer sobre viviendas y por revestir especial gravedad, al superar el valor de la defraudación la cantidad de 50.000 euros por lo que procede imponer al promotor inmobiliario la pena de 3 años de prisión. Además, al arquitecto, por cooperación necesaria, se le piden 18 meses de prisión. Además, los acusados deberán indemnizar a los compradores conjunta y solidariamente con 421.849 euros.