Agentes del Sector de Trafico de la Guardia Civil en La Rioja, han denunciado al conductor de un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), tras haber sufrió un accidente de circulación bajo los efectos del alcohol. El implicado es un varón de 30 años, de nacionalidad española y residente en un municipio riojano.
Sobre las 02:15 horas del pasado 13 de junio, Agentes del Equipo de Atestados se trasladaron a la c/ Parras de la localidad riojana de Ribafrecha, a consecuencia de un siniestro vial por caída en la calzada del conductor de un Vehículo de Movilidad Personal, que resultó herido.
Ante la imposibilidad de someter al accidentado a las pruebas de detección alcohólica por el método de aire espirado, por ser trasladado al hospital, y dado que presentaba una serie de síntomas de embriaguez, los agentes solicitaron al centro sanitario la realización de un analítica para su remisión al laboratorio de referencia de la Dirección General de Tráfico, a fin de poder determinar la presencia en sangre de alcohol o de otras sustancias estupefacientes, psicotrópicas, estimulantes o análogas.
El citado laboratorio ha confirmado que el conductor del VMP el día del accidente circulaba bajo los efectos de bebidas alcohólicas, con una tasa de alcohol en su organismo de 1,19 gramos por litro de sangre. Este hecho ha motivado la tramitación de la correspondiente denuncia que lleva aparejada un sanción económica de 1.000€.
Comportamientos sancionables
Para conocimiento de los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), se informa de algunos de los comportamientos indebidos que son objeto de denuncia:
- Alcohol y drogas. Tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol la sanción sería de 500 o 1.000€. Si el conductor da positivo, el VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
- Uso de teléfono móvil. Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200€
- Auriculares. También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Sanción de 200 €.
- Aceras y zonas peatonales. Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €.
- Sin pasajero. Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 €.
- Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 €
- Sanciones a menores. En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.