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El Ayuntamiento de Madrid empieza a cambiar el callejero franquista tras levantarse las cautelares

La Fundación Francisco Franco intentó bloquear el cambio del callejero franquista de Madrid pero no lo ha logrado, al menos, de momento. La resolución judicial del tribunal de lo contencioso-administrativo del TSJ de Madrid que levantó las medidas cautelares que se concedieron en primera instancia a la fundación que homenajea al dictador permite ya al Ayuntamiento de Madrid cambiar el callejero franquista y así ha procedido a hacerlo este jueves.

El proceso se ha iniciado en la mañana de este jueves con la sustitución de las placas dedicadas a los generales Millán Astray, en el distrito de Latina, y García de la Herranz, en Carabanchel, por las de la Maestra Justa Freire y la de la Cooperación, respectivamente. “Durante los próximos días se continuará con el cambio que afecta a un total de 49 vías madrileñas”, explica el Ayuntamiento en un comunicado.

El informe final del Comisionado de la Memoria Histórica incluía 52 calles, plazas o espacios públicos de la ciudad, en aplicación del artículo 15 de la ley 52/2007. Dicha propuesta fue aprobada por el Pleno de 28 de abril de 2017 y, posteriormente por la Junta de Gobierno.

La propuesta del Comisionado contemplaba el homenaje a mujeres ilustres, a instituciones pedagógicas o personajes de la cultura que contribuyeron a engrandecer el patrimonio inmaterial en tiempos difíciles, y a políticos que se caracterizaron por la defensa de posiciones conciliatorias.

El Ayuntamiento no podrá cambiar una de las calles propuestas por el Comisionado de Memoria Histórica: la calle de 'Caídos de la División Azul'. El abogado y presidente del colectivo de Familiares de Caídos en Rusia, Luis Marín, ganó el primer recurso al cambio de nombre de calles franquistas en el callejero de Madrid.

La juez argumenta que el dictamen del Comisionado de Memoria Histórica del Ayuntamiento de Madrid no se ajusta a la ley de Memoria Histórica y en concreto a su artículo 15 que establece que las administraciones públicas tomarán medidas oportunas “para la retirada de escudos, placas, insignas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura”.

Para la magistrada este artículo de la ley “no ofrece dudas sobre qué placas, insignas, escudos y objetos deben ser retirados” y la norma “solo atañe” a calles que supongan “exaltación” de la sublevación militar (1936), de la guerra civil española y de la represión de la dictadura, “no de la dictadura en sí, si no de actos de represión”, resalta.

La División azul, concluye el juez, “se formó en 1941 dos años después de finalizar la Guerra Civil, no entra por tanto en el periodo de exaltación de la sublevación militar, ni de la guerra civil”. Sobre esta afirmación, la sentencia hace referencia al “espíritu de reconciliación y concordia” de la ley de Amnistía.