Los edificios de la Comunidad de Madrid no podrán tener mas de un 75% de sus viviendas destinadas a uso turístico. Y si el propietario es único, el porcentaje se limita al 50%. Así lo recoge el borrador de decreto que ha publicado este jueves el gobierno de Cristina Cifuentes por el que se regulan los pisos turísticos en la región.
El texto, abierto aún a alegaciones, modificará el decreto 79/2014 y permite que las comunidades de propietarios veten la actividad turística en su inmueble si así lo incluyen expresamente en sus estatutos. “Cuando se trate de viviendas de uso turístico sometidas al régimen de propiedad horizontal, las comunidades de propietarios podrán prohibir en sus Estatutos la implantación de esta actividad”, dice el borrador.
Con esta regulación, la Comunidad de Madrid crea un certificado de idoneidad de uso turístico (CIVUT) necesario para todas las viviendas que quieran dedicarse a tal fin. El documento, que será expedido por un arquitecto o ingeniero, permitirá a los propietarios de inmuebles dar de alta sus viviendas en el Registro de la Comunidad de Madrid.
La licencia se emitirá solamente después de la “comprobación in situ” de que el piso cumple con unos requisitos mínimos fijados en el borrador: tener al menos salón-comedor, cocina, baño y dormitorio (en el caso de los “estudios” puede estar integrado todo menos el baño), “disponer de calefacción”, “suministro de agua fría y caliente”, “ventilación directa al exterior o a patio no cubierto”, “extintor manual en el interior de la vivienda”, “señalización básica de emergencia” y “plano de evacuación”. Todos los pisos deberán estar amueblados, equipados y en condiciones de “uso inmediato” y podrían alquilarse no solo completos, sino también por habitaciones. “No se podraÌ alegar la condicioÌn de domicilio para impedir la accioÌn de la inspeccioÌn competente”, advierte el texto.
Además, la normativa fija un máximo de inquilinos en función de los metros cuadrados. Para viviendas inferiores a 25 metros cuadrados solo se podrá alojar como máximo a dos personas. En las que tengan entre 25 y 40, hasta cuatro; y “por cada 15 metros útiles adicionales, se permitirán dos personas más”. El decreto obliga también a los propietarios de estas viviendas a tener un seguro de responsabilidad civil, un número de teléfono de atención disponible, hojas de reclamación a disposición de los usuarios y un rótulo informático con teléfonos y direcciones de servicios de emergencia redactados al menos en castellano e inglés.
Con esta norma, el Gobierno regional dice que “quiere dar certidumbre a los usuarios de este tipo de servicio y a los propietarios de inmuebles que ponen en el mercado sus viviendas, pero también al conjunto del sector turístico, incluidas las plataformas que publicitan 'on line' estos servicios”, han señalado en una nota de prensa.
Multas de hasta 300.000 euros
En el decreto se define el concepto de canal de oferta turística, en el que se integran las plataformas 'on line'. De este modo, estas plataformas pasan a tener consideración de empresas turísticas, lo que las obliga a cumplir con la legislación, “es decir, que pasan a tener derechos pero también obligaciones”.
Las plataformas, por tanto, deberán responsabilizarse de publicitar en sus webs solo aquellas viviendas que estén dadas de alta en el Registro de la Comunidad de Madrid, esto es, que solo podrán ofrecer 'on line' aquellas viviendas que cumplan con la norma.
Si no cumplieran con esa obligación, la Comunidad de Madrid podría abrir los correspondientes expedientes disciplinarios que, de acuerdo con la Ley de Ordenación del Turismo, podría suponer la imposición de sanciones de hasta 300.000 euros.
El texto incluye la obligación de los propietarios de los pisos turísticos de remitir a la Dirección General de Policía la información relativa a la identidad de las personas que se alojan en ellos.
El decreto se remite a la Ley de Ordenación del Turismo en lo relativo a la obligación de cumplimiento de las reglas básicas de convivencia por parte de los usuarios y se obliga a los gestores o propietarios a facilitar información sobre las normas de civismo, con el fin de ahondar en la toma de conciencia hacia un ejercicio responsable de este forma de turismo.
Debido a que este Decreto afecta a los servicios de la sociedad de información, el Ejecutivo regional remitió el pasado mes de noviembre el borrador a las instituciones europeas, que tienen tres meses para pronunciarse sobre la idoneidad de esta regulación. La publicación en el Portal de Transparencia supone que se abre el plazo de 15 días hábiles para la presentación de alegaciones al texto.
La regulación del Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid avanzó la semana pasada que quiere regular los pisos turísticos permitiendo el alquiler de viviendas de particulares durante un tope que no podrá llegar a los 90 días al año, alquiler enmarcado “dentro de la economía colaborativa” y, más allá de ese plazo, exigirán licencias para poder ser alquilados al adquirir un tinte de “alojamiento profesional”.
A partir de enero se podrán tramitar unas “mil licencias”, motivo por el que el Consistorio hará un refuerzo de la Agencia de Licencias para dar respuesta a aquellos particulares que quieran alquilar sus pisos al turismo durante más de tres meses al año. Las futuras multas no han sido aún abordadas por el Ayuntamiento, centrado ahora en difudir esta normativa con la que esperan “concitar consenso”.
El Consistorio realizará un censo de viviendas turísticas y un plan especial que determinará dónde puede haber más establecimientos hoteleros en función de mediciones relativas a las calles, la movilidad o los ya existentes.
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, recordó que la regulación última de la actividad turística es competencia de la Comunidad, vía decreto, pero ha apuntado que esa regulación “hay que concretarla” en la ciudad.