IU pide amparo a la Presidencia del Congreso después de que Adif les impidiera acceder al expediente de la Operación Chamartín

Altos cargos de la empresa pública Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) impidieron este martes que las diputadas Sol Sánchez y Eva García Sempere, además del concejal de Ahora Madrid en el Ayuntamiento Carlos Sánchez Mato, accedieran al expediente de la denominada ‘Operación Chamartín’. Desde la empresa pública que depende del Ministerio de Fomento argumentaron que un recurso en los tribunales de Distrito Castellana Norte, el promotor privado del desarrollo Urbanístico formado por BBVA y constructora San José, no les permitía ofrecer tal información.

Izquierda Unida ha solicitado este viernes amparo de la Presidencia del Congreso al considerar que la empresa pública ADIF ha “vulnerado los derechos constitucionales” y el “libre ejercicio de las funciones legislativas y de control” de sus diputadas Sol Sánchez y Eva García Sempere.

En el escrito registrado en el Congreso, las diputadas de Izquierda Unida, junto al coordinador federal y portavoz parlamentario de la formación, Alberto Garzón, reclaman a Ana Pastor que, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, “se dirija al Gobierno a fin de que facilite correctamente el pleno acceso a la información solicitada” para que las diputadas realicen correctamente su trabajo.

Las diputadas de Izquierda Unida y la de En Comú Podem, Sonia Farre, fueron recibidas en las dependencias de ADIF “por parte de Alfredo Cabello, director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF, y de Julio Cintora León, subdirector de Urbanismo y Actuaciones de ADIF, detalla la formación. Los directivos de la empresa pública comunicaron a las parlamentarias que dado que DCN se opone a que la referida documentación sea hecha pública a través de un recurso en los tribunales, se deniega, por el momento, el acceso al expediente de la denominada ‘Operación Chamartín’, explica Izquierda Unida.

Izquierda Unida considera en su iniciativa parlamentaria que “la decisión de ADIF vulnera el ‘ius in officium’ de los parlamentarios peticionarios, y en consecuencia, el derecho fundamental que garantiza el art. 23.2 de la Constitución Española, pues este derecho fundamental garantiza no solo el acceso a los cargos y funciones públicas, sino también el ejercicio de estos cargos y funciones públicas de conformidad con lo previsto en las leyes”.

Las parlamentarias de IU  indicen en el hecho de que “el 17 de julio de 2018 se calificó (por el Congreso) la solicitud de informe a la Administración del Estado formulada por los/as diputados/as que suscriben, recabando copia del expediente relativo al convenio para el desarrollo del entorno de la estación de Chamartín (Madrid), incluyendo el convenio entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la empresa Distrito Castellana Norte (DCN), así como sus sucesivas prórrogas y la documentación vinculada a las mismas”.

“La respuesta del Gobierno en noviembre pasado -explica la formación- señalaba que, debido al volumen de la información solicitada, esta se podría consultar en las oficinas de ADIF, mediante la concertación de una cita con el responsable de la Subdirección de Urbanismo y Actuaciones Administrativas”.

Dado que, tras seguir escrupulosamente todos los pasos solicitados por el Ejecutivo, el resultado final ha sido negativo, Izquierda Unida insiste en su solicitud de amparo dirigido a la Presidencia del Congreso que “es indudable que la función de control político de todas aquellas cuestiones que sean de interés público que corresponde a los parlamentarios forma parte del núcleo esencial de su condición de representantes. Por ello mismo, el ejercicio de su función no puede limitarse por las trabas que una empresa privada quiera imponer a la función constitucionalmente prevista para el ejercicio de la encomienda que tienen asignada las parlamentarias”.

Sol Sánchez, Eva García Sempere y Alberto Garzón entienden que “el ejercicio de las funciones legislativas y de control por los representantes de la ciudadanía constituye la expresión misma del ejercicio de la soberanía popular en el Estado democrático, puesto que la participación en el ejercicio de dicha función y el desempeño de los derechos y facultades que la acompañan constituyen una manifestación constitucionalmente relevante del ‘ius in officium’ del parlamentario representante”.

Por todo ello, concluyen, “la denegación de acceso a la documentación solicitada solo puede calificarse como vulneradora de los derechos constitucionalmente otorgados a diputados y diputadas”.