Los jueces vuelven a impedir que el Ayuntamiento de Madrid cuelgue la bandera LGTBI
Un año más, Madrid celebrará el Orgullo LGBTI en sus calles pero no en el Ayuntamiento. El alcalde, José Luis Martínez-Almeida, ya anunció que la enseña arcoíris no colgaría de ningún edificio municipal y, según ha sabido elDiario.es, los tribunales avalan a día de hoy este veto impuesto a petición del partido de extrema derecha Vox. El mes pasado, el Tribunal Superior de Madrid decidió confirmar la medida cautelar impuesta hace un año por un juzgado de la capital a petición de su portavoz municipal, Javier Ortega-Smith. Se trata de un conflicto que ha alcanzado dimensión nacional en el que las banderas LGBTI se mantienen o se quitan en edificios municipales en función del territorio en que se celebre el pleito y los gobiernos que gestionen las instituciones.
La bandera objeto de la polémica fue colocada en la fachada del edificio de grupos municipales del consistorio, ubicado en la Calle Mayor de la capital, con motivo de las fiestas del Orgullo de 2022. Fue el partido de extrema derecha el que protestó en el Pleno por la colocación de la bandera arcoíris y el que decidió llevar el caso a los tribunales. Y lo hizo con éxito.
El juzgado de lo contencioso número 18 de la capital estimó las medidas cautelarísimas que planteó el partido de extrema derecha y ordenó que el consistorio madrileño retirara la bandera. Alegó dos razones principales: que había sido colocada sin ningún tipo de decisión oficial de por medio y que, además, el Supremo había dicho dos años antes que los ayuntamientos no podían ondear banderas no oficiales. Llegó a razonar en una de sus resoluciones que hubiera tomado la misma decisión si en vez de la bandera LGBTI –que representa “valores sumamente respetables y ampliamente compartidos por nuestra sociedad”– fuera la de un partido político o de un equipo de fútbol.
El juzgado bloqueó el asunto hasta que existiera una sentencia firme que no ha llegado para el siguiente Orgullo y los grupos municipales tuvieron que recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia. Quienes acudieron a esa instancia judicial fueron Más Madrid, el grupo mixto y el PSOE pero también el propio Ayuntamiento de Madrid, dividido por este asunto: el alcalde Almeida tomó la decisión de no colgar esta bandera y la entonces vicealcaldesa, Begoña Villacís, se posicionó en contra de esta decisión judicial.
En mayo, a un mes del Orgullo, los recursos fracasaron y el TSJM, según ha sabido elDiario.es, confirmó la medida cautelar que permite retirar la bandera LGBTI de los edificios municipales. Los jueces de lo contencioso mantienen que se actuó por vía de hecho, sin ninguna decisión oficial del Ayuntamiento que sustente la colocación de la bandera. “No hay acto legitimador de la colocación de las banderas u otros elementos en la fachada del edificio municipal”, dice la resolución que ha podido examinar este periódico.
En la práctica esto implica que las banderas LGBTI no podrán ondear de manera oficial ni tampoco oficiosa de los edificios municipales de Madrid mientras se celebra el Orgullo, a petición judicial de la extrema derecha y sin que, un año después, el juzgado de lo contencioso haya dictado sentencia sobre el fondo del asunto.
Distintas ciudades, distintas decisiones
Cuando tuvo que explicar por qué no permitiría que las banderas arcoíris colgaran de los edificios municipales madrileños, el alcalde José Luis Martínez-Almeida alegó –como había hecho antes Vox– que el Tribunal Supremo había dejado claro que las enseñas no oficiales estaban proscritas de las fachadas de ese tipo de edificios públicos. Una verdad a medias en medio de un debate jurídico con sentencias contradictorias.
Hace tres años el Tribunal Supremo estudió este asunto pero no a través de la bandera LGBTI sino a través de la bandera nacional canaria de siete estrellas verdes que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife enarboló en 2016 por su 52º aniversario. El Supremo anuló el acuerdo municipal y declaró que no podía ondear en un edificio municipal porque “no es la bandera oficial” y eso implica que no puede atribuírsele “la representatividad del pueblo canario”. Fue la Abogacía del Estado la que llevó ese caso hasta el Supremo buscando un pronunciamiento que proscribiera las banderas no oficiales de las fachadas municipales.
Esta sentencia fue esgrimida rápidamente por colectivos, partidos y asociaciones ultras para impedir que las banderas arcoíris ondeasen en edificios públicos, generalmente con motivo del Orgullo. Recursos y peticiones de medidas cautelares pedidas por Vox, Abogados Cristianos o HazteOír han provocado que diversos tribunales hayan vetado estas banderas. Uno de los casos tuvo lugar hace un año en Valladolid, cuando el Tribunal Superior de Castilla y León estimó un recurso de Abogados Cristianos, prohibiendo poner la bandera en la fachada de la Diputación Provincial. “La exhibición del símbolo del colectivo vulnera la exigible neutralidad de la Diputación Provincial de Valladolid”, dijo esa sentencia apoyándose en el fallo del Supremo.
Charo Alises, abogada y activista contra la discriminación LGBTI, explica a elDiario.es que, según su criterio, esta jurisprudencia del Supremo no debería afectar a la bandera arcoíris. “Entiendo que es una interpretación errónea, lo que dice la sentencia es que no se pueden colgar banderas con connotaciones ideológicas, la bandera del arcoíris no tiene ninguna connotación ideológica a no ser que se compre el argumento de Vox de que la diversidad sexual es una ideología”, denuncia.
“Si tenemos en cuenta que, evidentemente, ser LGBTI es igual que ser hetero, no es ninguna ideología, la bandera no es una bandera ideológica, es de derechos humanos”, afirma la abogada. No poner la bandera, añade, “tiene un mensaje, un interés por invisibilizar a las presonas LGBTI, cuando alguien se opone a izar la bandera un día al año está lanzando el mensaje de que no existen”.
Esta doctrina no es unánime. Poco antes de esa sentencia, los tribunales aragoneses rechazaron un recurso similar de Abogados Cristianos y avalaron que el Ayuntamiento de Zaragoza colgara banderas LGBTI de sus balcones. “La colocación de una pancarta está legitimada por el poder legislativo, no podemos sostener que vulnere un principio de neutralidad”, dijo el Tribunal Superior de Aragón. Tampoco entendieron que se estuviera vulnerando la normativa sobre banderas: “La mera utilización de los colores arcoíris y su colocación en el balcón municipal, no vulnera la ley de banderas. Sopena que considerásemos que también vulneraría esta ley, la colocación de una pancarta con los colores del Real Zaragoza, el día que se festeje el ascenso a primera”, explicó esa sentencia.
A pocos días de la celebración del Orgullo, la retirada de banderas LGBTI ha entrado a formar parte de la campaña electoral del 23 de julio. Fue el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el que se refirió a este asunto en una entrevista reciente en la Cadena SER. “Puede parecer algo inocuo pero no lo es, mucha gente que es LGTBI cuando ve una bandera en su ayuntamiento, considera que está en un sitio seguro, y si lo quitan es por algo”, afirmó el candidato del PSOE.
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