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La Justicia tumba los nombramientos del PP para la empresa pública de vivienda de Boadilla del Monte por excluir a la oposición

El alcalde de Boadilla del Monte, Javier Úbeda

Fátima Caballero

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Un juzgado de Madrid ha declarado nulo el acuerdo plenario del pasado 2 de julio de en Boadilla del Monte que nombró al consejo de administración de la empresa pública de vivienda de la localidad (EMSV) por “vulneración de derechos fundamentales”. El Partido Popular aprobó ocupar todos los puestos del consejo de administración de la entidad pública por concejales y personas de confianza designados por el partido por lo que excluyó al resto de formaciones representados en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte: Ciudadanos con cinco concejales, al PSOE con tres y a Vox con dos.

Ciudadanos había pedido antes del pleno en cuestión formar parte del consejo de administración, una solicitud que fue rechazada por el PP. Tras esta negativa, fue el concejal de Ciudadanos Alejandro Alberto quien interpuso un recurso contencioso-administrativo por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, contra el acuerdo adoptado en el Pleno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Madrid), celebrado el 2 de julio de 2019, que salió adelante con los votos del PP. El PSOE se abstuvo.

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 33 de Madrid falló el pasado 5 de diciembre y considera que no se respetó a las demás fuerzas políticas en el Pleno de la Corporación, por lo que tumba la decisión plenaria porque, dice, afecta a los derechos de representación política y al derecho a participar en los asuntos públicos en condiciones de igualdad previstos en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española.

La juez asegura en la escrito que “el significado primigenio de la democracia es que todos los que se vean afectados por una decisión deben tener la oportunidad de participar en la toma de la decisión, bien directamente o por medio de representantes elegidos y la prevalencia de la mayoría no puede ignorar a la minoría. Por ello, los partidos perdedores de unas elecciones tienen que poder ejercer las funciones que les corresponden, entre las que se encuentra la de control y participación”.

“No puede por tanto el Ayuntamiento prescindir de la representatividad de la minoría en el ejercicio de las competencias sobre suelo y vivienda, así como otras funciones que puedan que se puedan asignar a la EMSV. Los representantes políticos de la minoría también conforman la composición de la corporación local y como tales tienen el derecho y la obligación a ser escuchados y a llevar a cabo la facultad del control sobre estas políticas”, añade.

En la sentencia, la magistrada también reprocha al Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte que en su contestación aludiese a la función del control del gobierno como inherente el núcleo esencial del derecho de participación mientras dificultaba esa labor “si las competencias se ejercen a través de un órgano instrumental en el que el único partido representado es el mayoritario”.

En el acuerdo que anula la sentencia, quedaron nombrados los concejales del PPel PP: Javier Úbeda Liébana (Alcalde y Presidente del Consejo de Administración), Francisco Javier González Menéndez, María del Mar Paños de Arriba, Sara de la Varga González, David Mesa Vargas e Ignacio Miranda Torres y como personal de confianza Purificación Pizarro Cabrera y José Miguel García Rodríguez (actual Jefe de Prensa del Ayto, cargo de confianza).

El fallo condena al Ayuntamiento a anular el acuerdo y a adoptar las medidas para que el consejo de administración de la EMSV de Boadilla cumpla con la proporcionalidad del Pleno del Consistorio, lo que significa que deberán entrar en el consejo tanto Ciudadanos como PSOE y Vox.

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