La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado la suspensión cautelar del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Madrid que reducía la jornada de los funcionarios municipales de las 37,5 horas a las 35.
La medida, adoptada el 30 de junio de 2016, fue recurrida por la Abogacía del Estado. El TSJM ha decidido suspender cautelarmente la reducción de jornada hasta que se resuelva el procedimiento por parte del Tribunal.
El Gobierno de Mariano Rajoy estando en funciones recurrió en octubre ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid para fijar una jornada de 35 horas semanales a los funcionarios municipales.
El recurso contencioso administrativo, tramitado por Delegación del Gobierno, se fundamentó en lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local en lo relativo a función pública y del Estatuto Básico del Empleado Público, al entender que los funcionarios municipales tienen que tener la misma jornada el resto de administraciones, fijada en 37,5 horas.
El TSJM señala que “las características de pormenorización” al régimen estatutario emanado de “la legislación básica del Estado y, en su caso, de los órganos legislativos de las comunidades autónomas no permiten por analogía con el sistema de relaciones laborales tal bloque legislativo sea identificable como una plataforma de 'mínimo' sobre la que pueda pivotar una constelación de unidades negociadores pactando cada una a su libre albedrío.
El Tribunal Constitucional declaró el pasado mes de septiembre la inconstitucionalidad y nulidad de la ley que modificaba la jornada de trabajo de los empleados públicos de Castilla-La Mancha, tumbando así la iniciativa del Gobierno regional de que éstos recuperaran las 35 horas de semanales.