El Gobierno ha declarado el estado de alarma para imponer las medidas de restricción de la movilidad que considera necesarias para rebajar el impacto de la COVID en Madrid y otras ciudades de la región y que son las mismas que fueron anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid este jueves. Una vez ha terminado el consejo de ministros donde se han aprobado, esta decisión ha sido publicada en el BOE a las 17:00 horas de la tarde, momento en el que las restricciones de movilidad interrumpidas han entrado en vigor, por 15 días. Esto también incluye la posibilidad de poner multas. Más de 7.000 agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil vigilarán “de forma inmediata” que se cumplan las restricciones del estado de alarma decretado este viernes por el Gobierno en la Comunidad de Madrid, según ha anunciado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Las propuestas de sanción se regirán, como sucedió durante el estado de alarma general de marzo, por los principios de “proporcionalidad y necesidad”, ha dicho, ya que “no tienen un fin recaudatorio sino garantizar la salud pública”. Los días pasados la labor de la policía era informativa hasta que fuera ratificada la orden, pero ahora ya no es necesario dicho trámite.
Las ciudades concernidas son Alcorcón, Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Madrid, Getafe, Leganés y Móstoles, todas ellas en la Comunidad de Madrid. Alcalá de Henares, que mejorado su situación y ha reducido la incidencia acumulada por debajo de los 500 casos, queda fuera, frente a la pasada semana, como ha explicado el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
La CCAA tiene una incidencia acumulada de 563,86 casos de COVID por cada 100.000 habitantes en los últimos catorce días según los últimos datos, aunque llega a los 882 en el caso de Parla o a 611 en el de la capital. El criterio del Ejecutivo es que incidencias por encima de los 500 casos en ciudades de más de 100.000 habitantes deben atajarse con un cierre perimetral completo que impida entrar y salir salvo una serie de excepciones entre las que no está salir de puente para aprovechar el próximo lunes festivo, 12 de octubre. A este criterio debe unirse una tasa de positividad de las PCR superior al 10% (en el municipio) y ocupación de UCIs por encima del 35% (en la comunidad). La región de Madrid estaba este jueves en el 39,81% en este último indicador.
El resto de las medidas de aforo y horarios que habían entrado en vigor el viernes pasado seguían funcionando, y sobre ellas no se habían pronunciado los jueces, que sostienen que la limitación de entradas y salidas supone “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal” porque no ha sido autorizada por las Cortes Generales. La única diferencia con la anterior orden es de naturaleza jurídica: ahora está amparado en el estado de alarma.
Estas son las medidas completas que vuelven a estar en vigor tras haber decaído este jueves:
-Se restringe la entrada y salida de los municipios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos de trabajo, sanitarios, legales y judiciales, de educación (incluidos exámenes), por retorno al lugar de residencia habitual, asistencia a personas dependientes, a entidades financieras o por otras causas de fuerza mayor o situación de necesidad debidamente acreditadas.
-La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.
-También se puede llegar o salir en otros medios de transporte, como el avión, pero siempre que no se resida ni pernocte en la ciudad confinada.
-La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible, respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias (uso de mascarillas, distancia social, etcétera).
Que se unen a las que seguían vigentes:
-Reducción a seis personas de las reuniones sociales y familiares, salvo en el caso de convivientes (esta medida ya estaba en vigor en la Comunidad de Madrid).
-Las tiendas, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrán un aforo máximo del cincuenta por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, “salvo las excepciones que se prevean”.
-Los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería y restauración, así como locales de juegos y apuestas podrán estar abiertos hasta las 23:00 (excepto entrega de comida a domicilio), aunque no podrán admitir nuevos clientes desde las 22:00.
El aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores, el consumo en barra no estará permitido y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas. El espacio entre las mesas y las sillas de otras meses deberá ser al menos de 1,5 metros.
-En instalaciones deportivas, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores.
-La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.
-En lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio, con una distancia mínima entre personas de 1,5 metros; mientras que en los velatorios podrá haber quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.
-En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo es del cincuenta por ciento.
Las zonas confinadas por la Comunidad de Madrid
Además, permanecen las restricciones de la Comunidad de Madrid en las zonas básicas de salud correspondientes a Villa del Prado, Humanes -Moraleja de Enmedio y Reyes Católicos (en San Sebastián de los Reyes). A ellas se han añadido este sábado Arganda del Rey (Arganda del Rey), Sierra de Guadarrama (Collado Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), y Valleaguado (Coslada), cuyas medidas entrarán en vigor el próximo lunes con una duración de 14 días.
Estas áreas, en municipios de menos de 100.000 habitantes, quedaban fuera del radar de Ministerio de Sanidad. Debido a su alta incidencia de contagios, el propio gobierno regional decidió su confinamiento perimetral, junto al resto de las medidas que desde un principio aplicó la CAM en las zonas con más de 1.000 casos de IA –ahora el Gobierno regional ha bajado el límite a 750 casos por 100.000 habitantes–, como cierre de parques y de bares a las 22:00 horas.