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Morir por lavar y planchar la ropa de hombres que trabajaban con amianto

EUROPA PRESS

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado una indemnización de unos 260.000 euros a diez familiares de cuatro mujeres fallecidas por amianto, cuyos maridos trabajaron en la fábrica de Uralita en Getafe al entender que “las enfermedades padecidas por las esposas de los cuatro trabajadores de Uralita tuvieron una relación causa-efecto en la inhalación de polvo de amianto al lavar y planchar ropa de trabajo de sus maridos”.

Así, el Alto Tribunal inadmite los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación de la empresa contra la sentencia dictada el 5 de abril de 2016 por la Audiencia Provincial de Madrid.

La primera sentencia de este proceso fue en enero de 2015 por parte del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid, que condenó a Uralita a indemnizar con 281.948 euros a 11 familiares de las mujeres de cuatro trabajadores de la factoría de Getafe, fallecidas por inhalación de polvo de amianto entre 2011 y 2013, aunque la Audiencia Provincial dejó fuera de las indemnizaciones en 2016 a uno de los beneficiarios.

Además, recogiendo los términos de la sentencia de primera instancia que asume el tribunal de apelación, se concluye que la empresa “no ha acreditado suficientemente que adoptara, no ya las medidas a que legalmente viniera obligada, sino aquellas que conforme a los conocimientos habidos en el momento en el que debieron producirse los hechos litigiosos, entre 1962 y 1992, debían haberse adoptado”.

Asimismo, se señala que la actividad productiva se desarrollaba con materiales “que conocía ya desde al menos 1940 eran especialmente peligrosos, no habiendo probado desde luego la misma en forma suficiente, a juicio del tribunal de apelación, la eficacia de las medidas de seguridad al efecto adoptadas por ella para evitar en lo posible la existencia de fibras de amianto, al no constar en los autos prueba pericial al efecto”.

El Tribunal considera que tampoco se adoptaron medidas en materia de prevención y seguridad e higiene tendentes a evitar una inhalación, “no ya solo por parte de los trabajadores, sino igualmente por parte de aquellas personas que sabían que podían entrar en contacto con fibras de amianto, inhalando su polvo, en tanto que quedaban adheridas a la ropa de sus trabajadores, por ocuparse del lavado y cuidado de la misma”.

“Y ello no solo respecto de la ropa de trabajo, sino incluso de la ropa de calle que durante mucho tiempo se dejó en la misma taquilla que la ropa de trabajo, no constando a la Audiencia, cuándo instaló Uralita taquillas diferenciadas para guardar una y otra ropa”, añade el auto.

La primera sentencia de este proceso fue en enero de 2015 por parte del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid, que condenó a Uralita a indemnizar con 281.948 euros a once familiares de las mujeres de cuatro trabajadores de la factoría de Getafe, fallecidas por inhalación de polvo de amianto entre 2011 y 2013, aunque la Audiencia Provincial dejó fuera de las indemnizaciones en 2016 a uno de los beneficiarios.