Madrid concede licencias para 8.160 patinetes eléctricos de alquiler
Luz verde al desembarco de miles de patinetes eléctricos compartidos en Madrid. El Ayuntamiento acaba de comunicar que ha concedido 8.160 licencias a 18 empresas para que puedan empezar a operar legalmente en la capital. Las adjudicatarias tienen ahora un periodo de dos meses para completar un despliegue que había sido reclamado por las compañías desde que el pasado verano algunas lanzaran su servicio sin contar con autorización municipal.
Para conceder las licencias, el Ayuntamiento ha tenido en cuenta “la superficie transitable en patinete eléctrico por distrito” para asegurar “la convivencia con el resto de modos de movilidad”, indica en nota de prensa.
Las empresas optaban a 10.000 permisos, pero finalmente se han otorgado 8.610 distribuidas de la siguiente forma (ordenadas de mayor a menor):
- Fuencarral-El Pardo - 823 patinetes
- Hortaleza - 765
- Moncloa-Aravaca - 726
- Puente de Vallecas - 595
- Carabanchel - 577
- San Blas-Canillejas - 526
- Latina - 465
- Ciudad Lineal - 451
- Villaverde - 410
- Villa de Vallecas - 387
- Usera - 367
- Barajas - 367
- Chamartín - 348
- Vicálvaro - 343
- Centro - 310 patinetes
- Tetuán - 278
- Arganzuela - 212
- Salamanca - 210
- Retiro - 166
- Chamberí - 160
- Moratalaz - 124
Las 18 empresas que han recibido la autorización son: Acciona, Eskay, Voi, Taxify, Scoot, Koko, Ufo, Rideconga, Flash, Mobike, Ari, Tier, Alma, Lime, Motit4u, Wind, Jump Uber, SJV Consulting. Por el contrario, se les ha denegado el permiso por no cumplir los requisitos a Bird, Donkey, Movo, Cabcar, Cabify, Taxir y Mygo. Además, se encuentran en tramitación otras tres solicitudes recibidas de sendas empresas para poner en servicio 3.000 unidades más.
Para conseguir la autorización, las empresas han de presentar seguro para usuarios y terceras personas, geolocalización, así como apps que impidan que los puntos de inicio y llegada de los trayectos se practiquen en zonas por donde no pueden transitar los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana. Además, tiene la obligación de redistribuir diariamente la flota y empezar cada jornada con los patinetes en los barrios y distritos para los que hayan conseguido el permiso.
Por dónde circular y aparcar
Además de regular el funcionamiento de las empresas de patinetes eléctricos, la Ordenanza de Movilidad Sostenible regula desde el pasado otoño por dónde pueden circular y aparcar estos vehículos. Por seguridad, se recoge que los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana tienen prohibido ir por la acera, carriles bus, calles con más de un carril por sentido, y por accesos y tramos no semaforizados de la M-30.
Podrán circular por carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 respetando la prioridad del peatón y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 kilómetros. Principalmente, son aquellas de un carril por sentido o un solo carril y representan aproximadamente un 85 % de las calles de Madrid. Además, en la ciudad de Madrid existen 342,65 kilómetros de carriles bici, a los que se sumarán 12,7 este año.
Los patinetes, como el resto de los vehículos de movilidad urbana de tipo A y B, deben estacionar en las reservas destinadas a motocicletas y bicicletas. Si no las hay, podrán aparcarse en la banda de estacionamiento general de la calzada y en último caso en las aceras, siempre que lo hagan junto al bordillo y dejen más de tres metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros, paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de seis metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo. Siempre deberán guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales al objeto de garantizar la movilidad de las personas con discapacidad visual.
No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón o exista señalización específica que lo prohíba, como sucede en Gran Vía. Tampoco podrán aparcar en el ámbito peatonal de las reservas de transporte público colectivo (paradas autobuses de Empresa Municipal de Transporte), ni en el ámbito peatonal de las plazas reservadas para personas de movilidad reducida. Tampoco en el de las paradas de taxi ni sobre tapas de alcantarillado ni de otros servicios (telecomunicaciones, energía, etc).
La edad permitida para circular con VMU por las vías y espacios públicos es de 15 años. Los menores de 15 años solo podrán hacerlo en patinetes adecuados a su edad, altura y peso y circular en itinerarios autorizados y practicados con guía (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores. Se recomienda la utilización de casco, pero solo es obligatorio para los menores de 16 años.
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