El decreto del Ayuntamiento de Madrid por el que se establecieron medidas de restricción de tráfico en la Gran Vía en las pasadas navidades ha sido tumbado por la justicia en primera instancia. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha anulado el decreto y ha calificado la propuesta de “precipitada” y de no responder al interés general.
El recurso lo presentó UNO Organización Empresarial de Logística y Transportese, por entender que el decreto que sirvió para ensanchar las aceras “vulnera la garantía de las comunicaciones postales y los derechos de los usuarios”.
En su sentencia (disponible en este enlace) el juez reconoce que el Ayuntamiento “puede promover toda clase de actividades y prestar todos los servicios públicos que afecten al interés general de los ciudadanos y no estén expresamente atribuidos a otras administraciones públicas”. Sin embargo, el juez estima que ha contradicho competencias atribuidas al Estado o las Comunidades Autónomas, “restringiendo el tráfico por medio de vehículos de motor de distribución de envíos postales y mercancías”, lo que “no atiende a un interés general sino pretende ganar espacio para los peatones, solo una parte de la colectividad afectada”.
Además, critica que el Ayuntamiento “tolere e incluso promueve la existencia de elementos en las aceras que obstaculizan el deambular de los peatones, por lo que carece de apoyo la invocación a ese interés peatonal para justificar las restricciones acordadas en el decreto”. Nada se habla en la sentencia de los efectos beneficiosos para reducir la contaminación, que bajó al menos un 32% durante las pasadas vacaciones navideñas.
El Ayuntamiento respondió a este recurso defendiendo que tienen el “principio de autonomía local de refrendo constitucional” por su condición de capital del Estado y sede de instituciones generales, lo que les atribuye, a su juicio, un “tratamiento legal especial” en materia de competencias de infraestructuras, movilidad, seguridad ciudadana y régimen jurídico y procedimiento. El Consistorio defendió, además, que “en modo alguno” se prohibió la circulación por la ciudad, ni siquiera por la Gran Vía, como aseguran desde UNO, sino “la regulación de los horarios de circulación, en definitiva, la ordenación temporal y justificada de la circulación en la citada vía pública”, algo que “no infringe la doctrina jurisprudencial”.
Contra la sentencia, que obliga al pago de las costas judiciales al Ayuntamiento, cabe interponer un recurso en los 15 días siguientes a su publicación, que tuvo lugar el pasado lunes. El equipo de Ahora Madrid ha confirmado que volverá a ensanchar las aceras de Gran Vía esta navidad.
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